Madrid: 11 años sin cumplir la Ley del Aborto

La Comunidad no ha desarrollado ni aplica varios de los artículos de la normativa vigente, entre ellos, el de la documentación que entrega a las mujeres que han decidido interrumpir su embarazo

Manifestación en Madrid, en 2019, por el Día Internacional por la Despenalización del Aborto y la Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las mujeres.David Fernández (EFE)

En Madrid abortan una media de 54 mujeres al día. En 2019, último año del que hay datos, lo hicieron 19.694. Todas y cada una de ellas, en principio, tuvieron que recibir un sobre cerrado, que elabora la Comunidad, después de haber sido informadas sobre todo lo relativo a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y haber tomado la decisión. En ese sobre, ...

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En Madrid abortan una media de 54 mujeres al día. En 2019, último año del que hay datos, lo hicieron 19.694. Todas y cada una de ellas, en principio, tuvieron que recibir un sobre cerrado, que elabora la Comunidad, después de haber sido informadas sobre todo lo relativo a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y haber tomado la decisión. En ese sobre, la norma que regula el aborto, la de salud sexual y reproductiva de 2010, establece que tiene que haber información sobre todas las ayudas y derechos públicos existentes para las mujeres embarazadas y para después del parto; además de datos sobre los centros disponibles para recibir información sobre anticoncepción y sexo seguro y en los que recibir asesoramiento antes y después de la IVE. En Madrid, el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso se salta la segunda parte de ese artículo, el 17, y la documentación que entregan a las mujeres que han decidido abortar solo incluye información para futuras madres. Eso y un anexo con 34 entidades a las que dirigirse: muchas antiabortistas, otras religiosas, y algunas, parte de los grupos que acosan a las mujeres a las puertas de las clínicas IVE, como la Fundación Madrina (en el primer puesto de ese anexo) o Red Madre.

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Hace casi dos años, el 14 de noviembre de 2019, Isabel Díaz Ayuso dijo en la Asamblea que “el aborto no es un derecho, ni tampoco es un delito; es un fracaso”. Lo es en España desde 1985, cuando se legalizó bajo tres supuestos; y después, en 2010, se despenalizó totalmente hasta la semana 14. Pero es esa idea, dice al teléfono la diputada socialista Lorena Morales, “la que hay detrás de todo lo que hace Madrid en relación a los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres”. “Nada”, especifica, “nada o ir contra esos derechos”. Cuando Marta Vigara contó su historia la pasada semana —que el Hospital Clínico San Carlos le había negado un aborto a pesar de que su vida, y la del feto, estaban en riesgo extremo—, dijo al teléfono que había “muchas formas” de no cumplir con la ley. Qué hay dentro de ese sobre puede ser una de ellas.

En 14 páginas no hay ni una sola línea de información sobre el aborto. La primera comienza, en mayúsculas y enmarcado, con el título Políticas activas de apoyo a la mujer embarazada y a la maternidad establecidas por la Comunidad de Madrid. La información sobre la IVE que adjuntan es hacer referencia al artículo 14 de la Ley del Aborto. Sin incluirlo.

Artículo 14 de la Ley de salud sexual y reproductiva

Podrá interrumpirse el embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación a petición de la embarazada, siempre que concurran los requisitos siguientes:

a) Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad, en los términos que se establecen en los apartados 2 y 4 del artículo 17 de esta Ley.

b) Que haya transcurrido un plazo de al menos tres días, desde la información mencionada en el párrafo anterior y la realización de la intervención”.

Después, hay cinco hojas más de “derechos, ayudas, beneficios y prestaciones públicas para el embarazo, parto, posparto, nacimiento, cuidado y atención de los hijos e hijas” divididos en tres puntos: apoyo a la maternidad, beneficios fiscales y asistencia sanitaria.

El primero, el de apoyo a la maternidad, incluye el teléfono general de la Comunidad 012, la línea de Atención a la Mujer (900 500 505), para ayuda urgente el 112 (no incluye el 016, el específico para víctimas de violencia machista) y hace alusión a medios como alojamiento en los centros maternales de la Comunidad, la renta mínima de inserción o ayudas materiales a través de los trabajadores sociales de cada distrito. También incluyen dos líneas para “apoyo psicológico” y la del Centro de Apoyo a la Familia Mariam Suárez: “Si necesitas ayuda para comunicar a tu pareja o padres tu decisión”.

“Si no puedes hacerte cargo de tu hijo, tienes dos soluciones”

Después, un apartado para las madres que no quieren o no pueden hacerse cargo del bebé. “Si no puedes hacerte cargo de tu hijo, tienes dos soluciones”, se lee en el documento: la adopción y el acogimiento familiar (cuando es temporal). En ambas, especifican que “los trámites son sencillos” y remiten al Instituto Madrileño del Menor y la Familia. Y, por último, incluyen el título de Familia Numerosa y otro punto con los CEPI, los centros de participación e integración, para “embarazadas y madres inmigrantes y españolas”.

El segundo, el de beneficios fiscales, explica las deducciones autonómicas aplicables sobre el IRPF: por nacimiento o adopción de hijos y para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.

En el tercero, el de asistencia sanitaria, apunta quiénes tienen derecho a esa atención: “Todas las personas debidamente acreditadas por medio de la tarjeta sanitaria virtual u otro documento acreditativo oficial”. Y es aquí donde se introduce el apartado de “centros referenciados en al artículo 5.2.c del Real Decreto 825/2010 [el que desarrolla algunas de las cuestiones de la Ley]”, es decir, esos datos sobre “centros disponibles para recibir información adecuada sobre anticoncepción y sexo seguro” que establece el artículo 17 en el apartado c de la propia norma. Para este epígrafe, Madrid dedica una línea: “Dirígete a tu centro de salud”. ¿Sobre el cuarto apartado obligatorio según la ley, el de centros en los que la mujer pueda recibir voluntariamente asesoramiento antes y después de la interrupción del embarazo? Nada.

Sí, sin embargo, un anexo a partir de la séptima página y hasta la 14, no obligatorio según la normativa vigente, en la que se incluye esa relación de 34 “entidades especializadas en la atención profesional y urgente a la embarazada y madre en la Comunidad de Madrid”. Entre ellas la Fundación Madrina, la Fundación para la Defensa de la Vida, la Fundación Vida, la Asociación Marillac, la Comisión Madrileña para la Defensa de la Vida, la Fundación María Ayuda, Red Madre, Provida Alcalá de Henares o Esclavas de la Virgen Dolorosa. “Lleno de entidades antielección, algunas de ellas con presencia en las puertas de las clínicas acreditadas para la IVE, para acosar a las mujeres”, espeta la diputada socialista Lorena Morales: “Madrid está a la cola en el cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Sigue sin aplicar la ley, y hace ya 11 años que se aprobó”.

Ni formación ni campañas, algunos artículos de la Ley que no se aplican en Madrid

Madrid no aplica ni desarrolla la legislación vigente sobre el aborto y a veces tampoco sus propios planes. A través de varias respuestas a peticiones de información en la Asamblea, la Comunidad reconoce estos incumplimientos.

Lorena Morales, diputada socialista, solicitó la memoria anual correspondiente al año 2019 del Plan Integral de abordaje de embarazos no deseados de la Comunidad de Madrid 2017-2020. La contestación del Gobierno regional fue que “nunca llegó a aprobarse formalmente como tal, por lo que no existe una memoria del mismo”. Pero que “ello no ha sido inconveniente para llevar a cabo las actividades”.

Sobre las campañas puestas en marcha sobre el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo entre 2010 y 2019, por las que preguntó Loreto Arenillas, de Más Madrid, en diciembre de 2020, la Comunidad contestó: “Se informa de que no se han realizado campañas informativas en relación con el asunto de referencia”.

En cuanto a la Ley del Aborto, además de no incluir datos sobre centros que informen adecuadamente sobre el antes y el después del aborto, el Ejecutivo regional tampoco ha desarrollado la parte formativa de los profesionales ni la de los currículos académicos. Tampoco cumple con el acceso universal a prácticas clínicas efectivas de planificación de la reproducción mediante la incorporación de anticonceptivos en su cartera de servicios; y no da prioridad a los centros públicos y la práctica totalidad de las mujeres interrumpen su embarazo en clínicas acreditadas, derivadas desde los hospitales de la red pública.

“Las creencias del PP, que siempre han votado en contra de que las mujeres pudieran elegir libremente su maternidad, pueden poner en riesgo la salud de las mujeres”, concluye Morales.

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