Alcorcón y Leganés, sí. Móstoles, no. ¿Por qué?

Los tres municipios del sur han acudido a los jueces por las residencias de mayores, con resultado desigual

Familiares de los fallecidos en la residencia pública de Alcorcón colocan flores en su recuerdo delante del centro, el pasado 13 de junio.Francisco Javier Barroso

Alcorcón, Leganés y Móstoles, tres municipios de la zona sur con alcaldes socialistas, han acudido a los tribunales para defender, o al menos intentarlo, a los mayores que están internos en las residencias públicas y privadas de sus localidades. El resultado ha sido desigual, al menos hasta el momento. Mientras los dos primeros tienen por delante un proceso judicial, al último se le ha complicado bastante, ...

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Alcorcón, Leganés y Móstoles, tres municipios de la zona sur con alcaldes socialistas, han acudido a los tribunales para defender, o al menos intentarlo, a los mayores que están internos en las residencias públicas y privadas de sus localidades. El resultado ha sido desigual, al menos hasta el momento. Mientras los dos primeros tienen por delante un proceso judicial, al último se le ha complicado bastante, al ser inadmitida la querella presentada. Estos son algunas de las claves de las diferencias.

La jurisdicción. El acudir a una ventanilla o a otra en un tema judicial resulta fundamental. Alcorcón en primera instancia y Leganés días después optaron por la vía contencioso-administrativa. En concreto, pidieron a los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) medidas cautelarísimas con el fin inmediato de salvar a sus mayores. Argumentaron que no había medios materiales ni humanos en los geriátricos para salvar las vidas de los mayores internos. Los jueces de la Sección Octava les dieron la razón desde un primer momento. Y ello pese a los reiterados intentos de la Comunidad de Madrid de que no se tuvieran que medicalizar dichos centros. Móstoles, por el contrario, acudió a la vía penal y acusó mediante una querella al consejero de Sanidad, Enrique Ruiz-Escudero, de un delito de omisión del deber de socorro y otro de vulneración de los derechos fundamentales y las libertades públicas. . A este mando regional y a “todos aquellos que a resultas de la investigación pudieran ser responsables”. La jurisdicción penal es muy restrictiva y siempre se ha considerado “la última razón” en un procedimiento. Es decir, que antes de ir a ella debe optarse por otras menos lesivas.

Los tiempos. Alcorcón y Leganés acudieron al TSJM tras repetidas llamadas a las Consejerías de Sanidad y Políticas Sociales y de intentos con la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso. Lo hicieron en el momento en el que se estaba produciendo el mayor número de muertos en residencias. La falta de medios, de tratamientos e incluso de traslados a centros hospitalarios motivaron que en los geriátricos de ambas localidades fallecieran decenas y decenas de mayores sin recibir la más mínima atención. Sin embargo, Móstoles presentó la querella ya en junio, tras adoptar la decisión en la junta de gobierno municipal. En esa época ya se estaba produciendo la desescalada y se había reducido considerablemente el número de fallecidos.

Las pruebas. El éxito en todo proceso judicial está en las pruebas con las que se cuente. Las acusaciones deben ir especialmente fundamentadas y respaldadas para que prosperen. Así lo hicieron los alcaldes de Alcorcón y Leganés, Natalia de Andrés y Santiago Llorente, que mandaron a los bomberos y a los policías locales por las residencias de sus respectivos municipios. Estos recabaron datos al detalle y por días de las personas ingresadas en las residencias, los contagiados, los fallecidos, el número de trabajadores, los traslados a hospitales,... Con estos expedientes, llamaron a la puerta del Gobierno regional y pidieron ayuda urgente. No les sirvió de nada por la patente pasividad del Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso. La carga de la prueba fue tan rotunda que los magistrados del TSJM les dieron todo lo que pedían en el mismo día que lo solicitaron. Su vecina de Móstoles, Noelia Posse, acudió a los tribunales sin hacer los deberes. Quiso justificar su querella en la información de un periódico digital y no aportó ni un solo dato que permitiera situar esa noticia en alguna de las residencias de su localidad. Los jueces se lo echaron en cara y le recordaron que la jurisdicción penal no es “prospectiva”. O se llevan las pruebas o el caso decae antes de empezar. Y así le ha ocurrido. Los magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJM ven incluso con buenos ojos los protocolos aprobados por Sanidad para el traslado de mayores: “Los protocolos redactados tienen, y así lo explicitan, unos objetivos, general y secundarios, que no pueden tacharse de irrazonables, a la vista del fenómeno de la pandemia que empezaba a sufrir el país, con un total desconocimiento de su entidad y modo de enfrentarlo y que ya desde el principio empezó a encender las luces rojas sobre el posible desbordamiento del sistema sanitario y asistencial”.

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