El Govern recurre la suspensión del decreto que regula el uso de las lenguas en las escuelas

El Ejecutivo catalán considera que el tribunal no ha acreditado el argumento de que la normativa “supone un daño real para el alumnado”

Clase de catalán en un colegio de Barcelona, en una imagen de archivo.CARLES RIBAS

El Govern ha recurrido la suspensión del decreto que regula el uso de las lenguas oficiales en la escuela porque considera que la normativa es legal y considera que “no hay motivos para dictar medidas cautelares porque la norma no supone un daño real y efectivo al alumnado” y que “no se ha aportado justificación alguna a tal efecto”. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) suspendió hace dos semanas el decreto porque se consideraba el catalán “como única lengua vehicular, sin garantizar adecuadamente la enseñanza en castellano”, cosa que según el tribunal “puede situar en una posición marginal a la lengua castellana en la enseñanza”.

El Govern impulsó la nueva normativa ante el retroceso del uso del catalán que indicaban los últimos estudios, así como los malos resultados de los alumnos en esta materia. Con el decreto, buscaba fomentar y asegurar el uso de esta lengua en el ámbito escolar, al mismo tiempo que aumentar el nivel de conocimiento de la lengua entre el profesorado. Así, el 14 de mayo el Govern aprobó el decreto 91/2024, que regula el régimen lingüístico del sistema educativo no universitario, que por un lado, vuelve a reconocer el catalán como lengua vehicular y de uso predominante, mientras el castellano es considerado lengua “curricular”, que queda en un primer momento relegado a la asignatura de Lengua castellana, pero se deja la puerta abierta para que los centros educativos, según la realidad social, aumenten su presencia si lo consideran necesario.

Asimismo, el decreto establece que los proyectos lingüísticos de los centros deben ser aprobados y validados por el Departamento de Educación, para así proteger a las direcciones de los requerimientos judiciales, ya que muchas sentencias sobre el 25% de castellano en las aulas anulaban estos proyectos y hacían responsables a las direcciones. Un tercer eje del decreto es aumentar el nivel de catalán de profesorado: así se fija que a partir del curso 2025-26 los profesores nuevos que se incorporen a la bolsa de interinos deberán acreditar el nivel C2 de catalán (ahora es el C1), pero no se establece un calendario obligatorio para los que ya están ejerciendo.

Se mantienen los proyectos

La Asamblea por una Escuela Bilingüe (la entidad promotora de las denuncias a favor del 25% de castellano) recurrió el decreto por considerarlo “inconstitucional e ilegal”, además de “hispanófobo” y el pasado 3 de julio el TSJC decidía suspender la normativa. La sala de lo contencioso 5 de Barcelona del TSJC, que preside el juez José Luis Aguado Baños, justificó las medidas cautelares porque apreciaba “visos de lesión en los derechos fundamentales” y porque una demora “puede provocar prejuicios irreparables”.

En su recurso, el Govern reprocha al TSJC que la adopción de medidas cautelares “debe ser especialmente restrictiva a la hora de suspender disposiciones de carácter general, como la norma impugnada, que despliega normas vigentes como la Ley de Educación de Cataluña, el Decreto Ley 6/2022 o la Ley 8/2022″. En este sentido, el Ejecutivo asegura que seguirá aplicando las directrices que afectan a los proyectos lingüísticos, que ya están regulados por una de estas normativas -la 6/2002-, que no ha sido suspendida. Por último, el Govern lamenta que el tribunal haya anulado temporalmente el decreto, y no solo aquellos “artículos donde apreciara vulneraciones de derechos”.

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