El Tribunal Superior catalán rechaza la petición de impartir una asignatura más en castellano

La Asociación por una Escuela Bilingüe había solicitado al tribunal medidas cautelares para implantar este año el 25% de clases en español

Cartel en defensa de la escuela catalana en un centro de Montcada i Reixac (Barcelona).Gianluca Battista

El curso escolar en Cataluña, que arranca dentro de una semana, empezará sin la obligación de aplicar el 25% de castellano que dictaron los tribunales a finales de 2020. Tras el cambio normativo impulsado por la Generalitat, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha denegado la petición de la Asociación por una Escuela Bilingüe (AEB) de establecer medidas cautelares para que el curso se inicie con una asignatura más en castellano.

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El curso escolar en Cataluña, que arranca dentro de una semana, empezará sin la obligación de aplicar el 25% de castellano que dictaron los tribunales a finales de 2020. Tras el cambio normativo impulsado por la Generalitat, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha denegado la petición de la Asociación por una Escuela Bilingüe (AEB) de establecer medidas cautelares para que el curso se inicie con una asignatura más en castellano.

A finales de julio, la entidad presentó un recurso contra los documentos para la organización y la gestión de los centros escolares correspondientes al curso 2022-2023, un paquete de instrucciones que el Departamento de Educación emite sobre los diferentes aspectos de gestión de un centro -desde profesorado, los contenidos a los riesgos laborales-, y que incluye uno específico para elaborar los proyectos lingüísticos. En este último documento no se hace referencia al porcentaje mínimo de 25% de clases en castellano, aunque sí se reconoce el uso “curricular” de esta lengua. La AEB solicitó al tribunal medidas cautelares para obligar a Educación a considerar el castellano lengua vehicular en los proyectos lingüísticos de los centros y que se imparta una materia troncal adicional en castellano.

La Sala de Vacaciones del TSJC, en una resolución del pasado viernes, rechaza concederlas porque no se cumple las condiciones normativas. E incluso, afirma que “la adopción de esa medida positiva podría crear una irreversibilidad”. Asimismo, la jueza Núria Bassols argumenta que dicha medida cautelar “coincide íntegramente con el objeto del recurso interpuesto, de manera que su adopción adelantaría prácticamente la estimación integra del recurso”.

La Fiscalía, en un informe solicitado por la misma sala, también se pronunció en contra de aplicar las medidas cautelares, recordando que las instrucciones de Educación cuentan con el respaldo con la nueva normativa aprobado por el Parlament y por el Govern, a pesar de que el TSJC ha enviado las leyes al Tribunal Constitucional porque ve un viso de inconstitucionalidad en ellas. El TC debe ahora pronunciarse sobre las nuevas normativas, lo que determinará las futuras pronunciaciones del tribunal catalán.

Con todo, el TSJC, a pesar de rechazar las cautelares, debe todavía resolver el fondo del recurso. La entidad probilingüismo, que ha criticado la posición de la Fiscalía, anuncia que recurrirá la decisión del TSJC.

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