Puigdemont pide al juez Llarena que se retire la orden de detención en aplicación de la amnistía

El expresidente de la Generalitat presenta ante el instructor del Supremo sus alegaciones en las que defiende que la medida de gracia debe ser aplicada a todos los delitos

El expresidente de Generalitat Carles PuigdemontBruna Casas (REUTERS)

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha pedido al juez del Tribunal Supremo que instruye la causa por el proceso independentista de Cataluña, Pablo Llarena, que levante cualquiera de las restricciones personales que pesan sobre él, como la orden nacional de detención e ingreso en prisión, en aplicación de la ley de amnistía. El dirigente catalán, huido a Bruselas desde 2017, también señala que la medida de gracia es aplicable a lo...

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El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha pedido al juez del Tribunal Supremo que instruye la causa por el proceso independentista de Cataluña, Pablo Llarena, que levante cualquiera de las restricciones personales que pesan sobre él, como la orden nacional de detención e ingreso en prisión, en aplicación de la ley de amnistía. El dirigente catalán, huido a Bruselas desde 2017, también señala que la medida de gracia es aplicable a los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos por los que está procesado.

El juez Llarena preguntó, el pasado 11 de junio, a las partes si cabe aplicar la ley que entró en vigor ese mismo día. El instructor planteó dos cuestiones a resolver: el posible perjuicio financiero para la Unión y los límites que la propia norma fija para beneficiar a los encausados por malversación. Asimismo, interpeló sobre si debe mantener las órdenes de detención nacional dictadas los procesados y le recuerda a la policía que, de momento, estas órdenes siguen vigentes, por lo que si los encausados entran en España deberán ser detenidos.

La conducta que más duda ha generado es el desvío de fondos públicos para financiar el procés, que incluso ha llevado a la cúpula fiscal a debatir esta cuestión. La ley establece que se amnistiará este delito si el desvío de fondos estuvo destinado a financiar actos vinculados al procés y “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”, entendido este como “beneficio personal de carácter patrimonial”.

La respuesta del expresidente catalán era la esperada: que no existe delito alguno, pero, en cualquier caso, cabe extender los efectos del perdón a todo los hechos delictivos que se le atribuyen. En un escrito presentado este martes, su abogado, Gonzalo Boye, afirma que los hechos presentados como malversación tuvieron la intención única de “promover o procurar” la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017, tal y como se prevé en la norma. Por tanto, asegura que “no se da la excepción relativa al propósito de enriquecimiento”. Y añade que tampoco existe afectación a los intereses financieros de la Unión Europea.

Así, tras hacer una “lectura reposada y desapasionada” de la ley de amnistía, según indica, el expresident considera que “debe primar el derecho a la libertad personal” y, por tanto, dejar sin efecto la orden de busca y captura e ingreso en prisión, que se acordó el pasado 12 de enero de 2023, cuando el juez instructor aplicó la derogación del delito de sedición, pero mantuvo el procesamiento por malversación agravada y desobediencia.

Personado en la causa por terrorismo

Además del juez Llarena, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo preguntó a la Fiscalía, el resto de acusaciones y las defensas su opinión sobre la aplicación de la amnistía en cada una de las tres causas abiertas en el alto tribunal vinculadas al procés: el procedimiento que se sigue contra Carles Puigdemont, Toni Comín, Lluís Puig y Marta Rovira, los cuatro procesados que están huidos de la justicia española; la causa ya juzgada y sentenciada por la que Oriol Junqueras y otros tres exconsejeros catalanes siguen cumpliendo una pena de inhabilitación por malversación; y la instrucción de Tsunami Democràtic, en la que se investiga a Puigdemont por terrorismo. El plazo para presentar los escritos concluye este martes.

Sobre la causa relacionada con los disturbios organizados por Tsunami tras conocerse la sentencia del procés, en octubre de 2019, la magistrada del Supremo que dirige la investigación, Susana Polo, ha dictado este miércoles una providencia en la que admite la personación de Puigdemont, lo que le permite poder plantear sus alegaciones sobre la aplicación de la amnistía en este asunto. La instructora, que decidió la semana pasada dejar paralizada la investigación, ha dado 10 días al expresident para que presente su informe, mismo plazo que otorgó al resto de las partes personadas, entre ellas la Fiscalía, que ya ha pedido al Supremo amnistiar todos los delitos relacionados con el proceso independentista.

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