El Constitucional resolverá antes del verano sobre la eutanasia, la ‘ley Celáa’ y el caso de Alberto Rodríguez

El tribunal también abordará en breve la norma que impide efectuar nombramientos al Poder Judicial

Pleno del Tribunal Constitucional del 24 de enero, en Madrid.Alberto Ortega (Europa Press)

Una vez superada la avalancha de recusaciones presentadas por el PP y Vox contra varios magistrados, el Tribunal Constitucional tratará de recuperar la próxima semana la velocidad de crucero para resolver antes del verano algunos de los principales asuntos pendientes de sentencia. En un primer pleno, el 7 de marzo, se iniciará el debate sobre la ley de eutanasia, y en los siguientes se abordarán ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Una vez superada la avalancha de recusaciones presentadas por el PP y Vox contra varios magistrados, el Tribunal Constitucional tratará de recuperar la próxima semana la velocidad de crucero para resolver antes del verano algunos de los principales asuntos pendientes de sentencia. En un primer pleno, el 7 de marzo, se iniciará el debate sobre la ley de eutanasia, y en los siguientes se abordarán la reforma educativa de la ley Celáa, la prohibición de nombramientos por parte del Consejo del Poder Judicial mientras esté en funciones, y el amparo solicitado por el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez, quien perdió su escaño tras ser condenado por dar una patada a un policía en una manifestación en 2014 en La Laguna (Tenerife).

La deliberación de la sentencia sobre la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia va a necesitar por lo menos dos plenos. En el primero, la semana que viene, probablemente no se utilice un borrador de sentencia, previamente elaborado por el ponente, en este caso el magistrado progresista Ramón Sáez. Ese es el procedimiento habitual, pero en esta ocasión se quiere facilitar la discusión, centrándola en puntos clave de la ley, para recoger los criterios de los magistrados, pero sin que haya un proyecto concreto de resolución sobre la mesa. Este método de trabajo ya se siguió en la sentencia sobre la intervención de la autonomía catalana por el artículo 155 de la Constitución, tras el referéndum ilegal de autodeterminación y la declaración de independencia de octubre de 2017.

En esta sesión plenaria culminará la labor de análisis y más que probable rechazo de las recusaciones presentadas. Ya se inadmitieron 21 en el último pleno, y en este se van a archivar otras 51. Son tantas porque en su mayoría se refieren a cuatro magistrados en 12 asuntos, y contra tres en otro caso. El Constitucional siempre rechaza de plano este tipo de iniciativas cuando entiende que su propósito es paralizar la labor del tribunal, dejándolo sin quórum para tomar decisiones.

Para después de Semana Santa va a quedar la sentencia sobre la ley del aborto, que se está rehaciendo tras la renuncia del primer ponente, el magistrado conservador Enrique Arnaldo. El sentido del fallo ya se conoce y no variará. El tribunal decidió avalar el actual sistema de plazos, de modo que la interrupción del embarazo quedará vinculada exclusivamente a la libre voluntad de la mujer. Pero el Constitucional ha querido aplicar el máximo celo a la confección de esta sentencia, por su especial relevancia.

Como nueva ponente ha sido designada la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, quien llevará al pleno su propuesta de texto en abril. Lo que se persigue es que la resolución pueda contener una doctrina clara, con voluntad de permanencia, que garantice la libertad de la gestante para decidir si quiere interrumpir su embarazo durante las primeras 14 semanas, y sin verse sometida a presiones directas o indirectas.

Junto a todo ello, el tribunal pretende que el fallo mantenga una línea de coherencia con la nueva normativa aprobada en el Parlamento sobre la materia. En esta última reforma vuelve a desaparecer la necesidad del permiso paterno para el aborto cuando la gestante tenga entre 16 y 18 años. Hay que precisar que el fallo que se va a dictar no se referirá a este punto, ya que la de obligatoriedad del permiso paterno en las mencionadas circunstancias fue a su vez restablecida por el PP. Por tanto, el recurso que los populares interpusieron hace 12 años había perdido objeto desde dicho restablecimiento. Lo que cabría ahora es un nuevo recurso contra la reciente reforma.

Más información

Archivado En