El Constitucional, sin renovar y en erupción

El alto tribunal, dominado por el sector conservador y pendiente de renovación desde hace casi dos años, acumula recursos sobre todas las reformas importantes del actual Gobierno

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.Jaime Villanueva

El Tribunal Constitucional, definido muchas veces como “la tercera cámara”, se ha convertido en los últimos meses en un foco de crítica y cuestionamiento permanente para el Gobierno de Pedro Sánchez a través de sus sentencias, marcadas por una fuerte división en la interpretación de la Constitución y por el predominio del sector conservador (siete de los once magistrados que componen el pleno).

Esta situación tiene en parte su origen en un incidente ocurrido hace 14 meses y que afectó al magistrado ...

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El Tribunal Constitucional, definido muchas veces como “la tercera cámara”, se ha convertido en los últimos meses en un foco de crítica y cuestionamiento permanente para el Gobierno de Pedro Sánchez a través de sus sentencias, marcadas por una fuerte división en la interpretación de la Constitución y por el predominio del sector conservador (siete de los once magistrados que componen el pleno).

Esta situación tiene en parte su origen en un incidente ocurrido hace 14 meses y que afectó al magistrado Fernando Valdés, del sector progresista. Dos jóvenes paseantes oyeron un día de agosto del año pasado gritar “socorro” desde el balcón del chalet de Valdés y llamaron a la Guardia Civil. Los agentes que intervinieron describieron el hecho en su atestado como un presunto delito de maltrato en el ámbito familiar. El magistrado progresista renunció dos meses más tarde a su puesto en el Constitucional mediante una carta en la que defendía su inocencia y explicaba que tomaba esta decisión para no perjudicar al tribunal. Todavía está pendiente de juicio.

Valdés había preparado aquellos días una ponencia sobre el recurso de Vox contra el primer decreto de alarma del Gobierno. Tras la renuncia del magistrado progresista, el proyecto de sentencia recayó en el magistrado conservador Pedro González-Trevijano, quien propuso declarar inconstitucional el confinamiento de la población porque ello había supuesto una suspensión, y no una mera limitación, de derechos fundamentales, como el de libre circulación.

La sentencia se aprobó por seis votos a favor y cinco en contra. Faltaba el voto de Valdés, que hubiera podido inclinar la balanza a favor del decreto de alarma dado que el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, rechazó el recurso de Vox y hubiera tenido voto de calidad para desempatar. El reproche del Constitucional a la medida principal del Gobierno para combatir la pandemia complicó la relación entre los magistrados de ese órgano. Las marcas que dejó aquel debate siguen muy visibles.

El fallo obtuvo el respaldo de la mayoría conservadora, compuesta por los magistrados Alfredo Montoya, Santiago Martínez Vares, Antonio Narváez y Ricardo Enríquez, a los que en los minutos de descuento de la deliberación se añadió la vicepresidenta, Encarnación Roca, magistrada propuesta en su día por el PSOE para entrar en el tribunal y que se sitúa en muchas ocasiones con el sector conservador.

La marcha de Valdés alteró los equilibrios internos del Constitucional. El magistrado progresista era el encargado también del fallo sobre la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza, que tras cambiar de ponente fue avalada prácticamente en su integridad. En ambos casos, las frustradas propuestas de Valdés eran muy distintas de las que finalmente se aprobaron. Pero quedaron olvidadas en un cajón.

El premio de consolación de los magistrados progresistas es en estos casos la posibilidad de acompañar las sentencias de la mayoría con votos particulares en contra. Contra el fallo sobre el primer estado de alarma, que abrió otro episodio de tensión en el tribunal, hubo votos discrepantes por parte de María Luisa Balaguer, Juan Antonio Xiol y Cándido Conde Pumpido. A los tres se unieron esta vez el magistrado Andrés Ollero y el presidente del Constitucional, ambos conservadores y convencidos como los anteriores de que la declaración del estado de excepción, única alternativa posible al de alarma, no era la reacción idónea frente a la pandemia.

En el caso de la ley mordaza, las impugnaciones procedieron de un amplio abanico de partidos, el centroizquierda parlamentario prácticamente al completo, desde el PSOE hasta el grupo de Izquierda Plural, pasando por la Chunta Aragonesista o IU, a los que se unió el Parlamento catalán con un recurso propio. Todos ellos estimaron que la Ley de Seguridad Ciudadana entrañó una regresión en materia de libertad de expresión y un tratamiento equivocado e injusto del problema de la inmigración ilegal. La crisis fronteriza de mayo pasado en Ceuta, con la entrada desde Marruecos de unas 10.000 personas en pocos días, y la paralización judicial de las devoluciones de menores al país magrebí evidenció lo espinoso de la cuestión. El tribunal avaló la ley con una sentencia de la mayoría conservadora muy distinta de la que había preparado Valdés, que se basaba en una concepción garantista frente a los abusos policiales en materia de orden público y con condiciones para limitar las expulsiones en caliente.

En cambio, el decreto del primer estado de alarma fue apoyado inicialmente por la práctica totalidad del arco parlamentario, incluidos el PP y Vox. No obstante, el líder popular, Pablo Casado, precisó que lo hacía por “sentido de Estado” y pese a considerar que se trataba de “un estado de excepción encubierto”. En prórrogas posteriores, el PP se abstuvo primero y votó en contra después, criticando la paulatina reducción de las posibilidades de control parlamentario al Gobierno. Ahora, más de un año más tarde, llegará en el próximo pleno otra sentencia que cuestionará esa falta de control en el segundo estado de alarma. Y acaba de aprobarse esta semana el fallo por la restricción de actividades en las Cortes durante las primeras semanas de la pandemia. Serán, pues, tres sentencias contra la estrategia jurídica del Gobierno frente a la pandemia.

La sentencia contra el primer estado de alarma fue la madre de todas las batallas libradas hasta ahora con la actual composición del tribunal. El Gobierno se movió para evitar un revés, convencido de que el fallo iba a crear más problemas de los que pretendía solucionar y de que la anulación no se iba a entender en los países que habían aplicado idénticas medidas. Hizo algunas gestiones y levantó el teléfono, pero sin éxito. Incluso hubo quien contestó la llamada con aparente cortesía y luego se quejó de haberla recibido. Nada detuvo una sentencia que para la oposición debió haber significado la caída del Ejecutivo y que en el tribunal permitió detectar algunos movimientos de fondo, con la vista puesta en la presidencia del Constitucional.

En teoría, esa presidencia estará en juego el año próximo. En julio de 2022 el Consejo General del Poder Judicial debería nombrar a dos magistrados, y el Gobierno a otros dos. Otros cuatro —entre ellos el presidente, Juan José González Rivas, y la vicepresidenta, Encarnación Roca— deberían haber salido ya. Va para dos años de prolongación del mandato. También estaba caducado el dimitido Fernando Valdés, que no ha sido sustituido. El año próximo, por tanto, deberían cambiar hasta ocho miembros del tribunal, si las dos renovaciones se resuelven a la vez.

Ocho magistrados equivalen a dos tercios del Constitucional, que de este modo cambiaría de signo. Se terminaría la etapa de la mayoría conservadora y podría entrar en escena una mayoría progresista, de siete a cinco. En ese supuesto la presidencia cambiaría también de signo. A González Rivas —o a quien entonces esté presidiendo el tribunal si antes ha habido pacto para la primera renovación entre PP y PSOE— le sucedería un magistrado de sesgo progresista.

Las alternativas que se manejan desde la actual minoría progresista del tribunal volverán a aparecer ahora en los votos particulares que tanto Balaguer como Conde-Pumpido —al igual que Xiol— van a presentar contra la sentencia que ha avalado la prisión permanente revisable. Con este fallo han vuelto a temblar los cimientos de una institución cuya sede —un edificio inicialmente destinado a acoger una mutua sanitaria—, con forma de cono, comparan muchos con un volcán. De nuevo la sensibilidad progresista, preocupada por garantizar el acceso de los presos a la reinserción social, chocó con el orden de prioridades conservador, partidario de mantener a la vez el carácter retributivo de las penas frente a los delitos más graves.

Este último sector, ahora mayoritario, no funciona como un rodillo, porque a veces se le escapa algún voto, pero en pocas ocasiones pierde una votación importante. Pasó hace un año, cuando los progresistas consiguieron imponer la prioridad de proteger el bien de la salud pública, frente al deseo de garantizar el derecho de manifestación en plena pandemia, o el pasado mes de marzo cuando impidieron que Toni Cantó se presentara en las listas del PP a la Comunidad de Madrid, encabezadas por Isabel Díaz Ayuso, por haberse empadronado tarde en Madrid.

En ambos casos, el presidente se decantó por el sector progresista y su voto de calidad determinó el resultado. Ni hubo manifestaciones primero, ni pudo presentarse Cantó después. En el ámbito de la derecha judicial y mediática, esta deriva le ha costado cierto precio a González Rivas. En el Constitucional se dice que González Rivas se echa a reír cuando le cuentan, escucha o lee que se especula con que ha cambiado de bando. En realidad, lo que ha hecho es tratar de contener los enfrentamientos en el tribunal y de evitar que la dinámica política y sus emanaciones se introduzcan en sus despachos.

En paralelo, llegan nuevos recursos. Los más recientes, presentados por Vox, a veces en directa competencia con el PP. Ambos partidos han impugnado algunas de las normas más importantes de la legislatura, como la ley Celáa, en materia educativa, o la de eutanasia. Casado anunció el pasado domingo que derogaría ambas normas si gana las elecciones. En medios del propio tribunal ha habido comentarios en el sentido de que podría no tener de qué preocuparse, porque si pasa cierto tiempo hasta que se pacte la renovación del Constitucional, quizá se encuentre con el trabajo hecho.

El aborto, en un cajón

En la capa más profunda de los recursos pendientes está el relativo al derecho al aborto, guardado en un cajón desde hace 11 años. Hay una querella por supuesto retardo malicioso presentada en el Tribunal Supremo por la Asociación de Abogados Cristianos contra el magistrado Andrés Ollero, ponente de la resolución. En realidad, ha sido el Constitucional en su conjunto el que ha ido dejando pasar el tiempo, una vez comprobado que el PP, que presentó la impugnación, mantenía la actual ley de plazos cuando tuvo la oportunidad de cambiarla en su anterior etapa de Gobierno.

Ollero, a su vez, sonó mucho como candidato a presidir el tribunal en la última renovación, en marzo de 2017, pero su trayectoria como portavoz de justicia del PP durante 17 años y sus convicciones políticas y religiosas no lo facilitaron. Un acuerdo entre el Gobierno y el PSOE hizo que la designación recayera en González Rivas, también conservador, pero cuya ética de la responsabilidad —para usar la conocida expresión de Max Weber— ofrece matices distintos. En medios del tribunal se recuerda aquel pacto y se afirma con ironía que los tiempos parecen haber cambiado, porque ahora no hay día en que no se oiga hablar a los partidos de la importancia de garantizar la independencia de la justicia.

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