Puigdemont recusa al magistrado del Constitucional Conde Pumpido por considerar que no es imparcial

De prosperar la iniciativa del ‘expresident’, dejaría al tribunal de garantías con solo 9 de sus 12 magistrados para resolver los recursos del ‘procés’

El magistrado Cándido Conde-Pumpido durante el acto de su toma de posesión de Dolores Delgado como fiscal general del Estado, en febrero de 2020.Fernando Alvarado (EFE)

El expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha recusado al magistrado del Constitucional Cándido Conde Pumpido para que no participe en la resolución de los recursos sobre el procés, al estimar que una conferencia que el juez pronunció en 2017 sobre los desafíos que estimaba en curso para el Estado de derecho, implica pérdida de la apariencia de imparcialidad. Esta recusación se suma a la que el propio Puigdemont dirigió contra el tambi...

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El expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha recusado al magistrado del Constitucional Cándido Conde Pumpido para que no participe en la resolución de los recursos sobre el procés, al estimar que una conferencia que el juez pronunció en 2017 sobre los desafíos que estimaba en curso para el Estado de derecho, implica pérdida de la apariencia de imparcialidad. Esta recusación se suma a la que el propio Puigdemont dirigió contra el también magistrado del Constitucional Antonio Narváez, quien terminó por acordar su abstención para tomar parte en los citados recursos. A la recusación de Conde Pumpido se han sumado también los exconsejeros de la Generalitat Toni Comín y Clara Ponsatí.

Con aquella decisión, el Constitucional se quedó con diez magistrados para resolver las impugnaciones contra la sentencia que el Supremo dictó sobre el procés, ya que a la abstención de Narváez había que sumar la renuncia, en octubre, del exmagistrado Fernando Valdés Dal-Ré. La nueva iniciativa supone, por tanto, la posibilidad de que el tribunal tenga que concluir su tarea sobre los recursos del procés con solo nueve de los doce magistrados que teóricamente lo componen.

La recusación cita diversos pasajes de la conferencia que Conde Pumpido pronunció en el Congreso. El magistrado del Constitucional elogió la figura del ex fiscal general José Manuel Maza, que había presentado la querella por el supuesto delito de rebelión contra los líderes independentistas.

Por otra parte, la recusación atribuye una relación de amistad de Conde Pumpido con el fiscal de lo Penal del Supremo Javier Zaragoza, que intervino en la causa penal y en el juicio contra los líderes independentistas. Cita también que durante los mandatos del citado magistrado como fiscal general del Estado, Zaragoza fue promovido a la categoría de fiscal de Sala y se hizo cargo de la jefatura de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

“No puede existir democracia sin Estado de Derecho”

En la conferencia de 2017, Conde Pumpido afirmó: “Lo que me preocupa es, concretamente, la pretensión de subvertir el Estado social y democrático de Derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia”. Y prosiguió: “Me preocupa la utilización populista de la contraposición entre una supuesta legitimidad democrática directamente emanada del pueblo y libremente interpretada por quienes la invocan, y la legalidad, la legalidad emanada de una Constitución que —esta sí— ha sido mayoritariamente aprobada. En resumen, me preocupa que se invoque la democracia —en concreto, la democracia directa para derrocar la Constitución—”.

En la misma línea, Conde Pumpido sostuvo también que “se invoca la democracia precisamente como una forma de atacar el Estado de Derecho, cuando en realidad no puede existir democracia sin Estado de Derecho; y se alega un mandato emanado de unas elecciones, que en realidad son elecciones para elegir unas autoridades autonómicas, pero que ilegalmente se reconvierten en un plebiscito independentista”. Conde Pumpido también se refirió a que un compromiso adquirido en unas elecciones —en clara alusión al de organizar un referéndum de autodeterminación en Cataluña— no podía suponer un pretexto para realizar acciones ilegales.

“Como penalista debería demostrar mi asombro ante uno de los descubrimientos más relevantes de la doctrina penal del siglo XXI: la promesa electoral como circunstancia eximente de la responsabilidad penal”, añadió en este sentido. Y citando una sentencia del propio Constitucional relativa a una de las leyes de desconexión aprobadas en el Parlament, subrayó la afirmación del fallo en el sentido de que “al aprobar esta Ley, se han alzado frente a la soberanía nacional residenciada en el pueblo español convocando a una fracción del pueblo catalán, en desafío a la unidad de la nación, a decidir la suerte del Estado común”. Para añadir: “Véase que el propio Tribunal Constitucional utiliza la expresión ‘se han alzado’, que es una expresión que también figura en tipos relevantes del Código Penal”.


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