La reducción de las ventajas a los interinos en las oposiciones docentes no tiene respaldo legal, según un informe jurídico de CC OO
El sindicato asegura que defenderá “por todos los medios” su postura y estudia recurrir las convocatorias de plazas de profesorado que hagan las comunidades autónomas
Comisiones Obreras, el sindicato mayoritario en enseñanza, considera que la reducción de las ventajas para el profesorado interino introducida en el último momento por el Gobierno en el decreto que regula las oposiciones docentes hasta 2024 no tiene fundamento legal, según concluye el análisis jurídico elaborado por el sindicato, al que ha tenido acceso EL PAÍS. CC OO reclama al Ministerio de Educación que coordine a las comunidades au...
Comisiones Obreras, el sindicato mayoritario en enseñanza, considera que la reducción de las ventajas para el profesorado interino introducida en el último momento por el Gobierno en el decreto que regula las oposiciones docentes hasta 2024 no tiene fundamento legal, según concluye el análisis jurídico elaborado por el sindicato, al que ha tenido acceso EL PAÍS. CC OO reclama al Ministerio de Educación que coordine a las comunidades autónomas para que finalmente solo haya dos tipos de acceso a las plazas públicas del profesorado hasta ese año: un concurso oposición en el que los interinos partirían con gran ventaja (al elevarse hasta un 28% de la puntuación final la experiencia laboral, frente al 12% habitual), y un concurso de méritos, sin examen, para cubrir las plazas que llevan siendo ocupadas de forma temporal desde antes de 2016.
El sindicato asegura que defenderá sus argumentos “por todos los medios” a su alcance, lo que, además de movilizaciones, podría incluir recursos contra las convocatorias de plazas que hagan las comunidades autónomas. La medida aumentaría la inseguridad jurídica que ya rodea al actual proceso de estabilización del empleo docente, cuyo objetivo es rebajar al 8% la tasa de interinos mediante la convocatoria de 125.000 plazas de infantil, primaria y secundaria hasta 2024.
El Gobierno aprobó el 12 de abril el decreto que regula el sistema para reducir la temporalidad. Un plan que supone la concreción en el ámbito de la enseñanza de la ley para la reducción de la temporalidad en el sector público aprobada en diciembre, un objetivo que la Unión Europea viene reclamando a España. Inicialmente, la idea del Ministerio de Educación era establecer solo dos vías de acceso, como ahora reclama CC OO. Un dictamen del Consejo de Estado llevó, sin embargo, al ministerio a introducir en el último momento un cambio para que las fórmulas que favorecen a los interinos no se apliquen a aquellas plazas que vayan a convocarse hasta 2024 y sean de reposición. Es decir, que no tengan como objetivo estabilizar puestos ocupados de forma temporal, sino cubrir las bajas por jubilación o las de docentes que por otros motivos abandonan el sistema. Para estas plazas de reposición, el ministerio, siguiendo las indicaciones del Consejo de Estado, estableció finalmente una tercera vía, que consiste en que se adjudiquen mediante la fórmula de concurso-oposición habitual, en la que los interinos parten con mucha menos ventaja.
El cambio fue relevante, ya que afectará a unas 37.000 plazas de las 125.000 que deben convocarse hasta 2024. Perjudica a los interinos, que tendrán menos ventajas, y favorece a los aspirantes sin experiencia, que podrán presentarse en las condiciones habituales a un 30% de las plazas previstas entre este año y los dos siguientes. Los sindicatos criticaron la modificación, al considerar que generará problemas de gestión y frustrará el objetivo de reducir la temporalidad al 8%. Y ahora CC OO da un paso más y concluye que el decreto aprobado por el Gobierno, pese a los cambios introducidos, no permite habilitar tres formas de acceso, sino solo las dos previstas al principio.
El informe jurídico del sindicato, firmado por su abogada Carmen Perona, señala que el breve decreto de 12 de abril solo regula mediante sendas disposiciones transitorias las dos formas de acceso que benefician a los interinos (concurso-oposición con más peso de la experiencia, por un lado, y concurso de méritos por otro). Y que “de existir un tercer procedimiento de ingreso” debería estar regulado de forma clara en otra disposición adicional. Esta tercera vía, además, prosigue el informe, debería haberse negociado con las organizaciones sindicales más representativas, como prevé el artículo 37 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y no haberlo hecho vulneraría la libertad sindical.
Ordinario o excepcional
Comisiones discrepa con las conclusiones del Consejo de Estado y considera que solo puede considerarse excepcional el procedimiento de ingreso que prescinde de los exámenes y prevé adjudicar plazas mediante un simple concurso de méritos, mientras que la fórmula de concurso-oposición que da más facilidades a los interinos es en realidad, a diferencia de lo que aseguró el organismo asesor del Gobierno, ordinario y pueden convocarse con él las plazas de reposición. El informe de CC OO señala que el decreto establece que este tipo de concurso-oposición que da más ventajas a los interinos se utilizará para adjudicar las plazas de los procedimientos de estabilización aprobados en 2017 y 2018 por el anterior Gobierno del PP que, por diversas razones, no llegaron a cubrirse. Y en ambos procesos, sostiene Comisiones, “se incluía la tasa de reposición”.
El sindicato lamenta, finalmente, que el Consejo de Estado hizo “suyas las alegaciones” realizadas en el proceso por comunidades autónomas gobernadas por el PP, como Galicia. Y señala que, a diferencia de lo que ocurre con algunos de sus dictámenes, el que emitió en este caso el Consejo de Estado no tenía carácter vinculante para el Gobierno.
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