La otra vida (ilegal) de los trasteros que enfada a los vecinos: de plantaciones de marihuana a clases de yoga
Estos espacios se han reinventado y algunos propietarios los usan como viviendas, centros de trabajo, talleres de bricolaje
Los trasteros ya no solo sirven para el almacenamiento de muebles y enseres. A veces, se reinventan para dar cabida a otras actividades más inusuales, y a veces ilegales, que generan conflictos entre los vecinos. Estos espacios se habilitan como centro de trabajo, para el cultivo de marihuana y, en algún caso, se transforman en viviendas ilegales. “Recuerdo cómo un trastero de 52 metros cuadrados cercano a la calle Velázquez (Madrid) se convirtió en un centro de trabajo de una profesora de yoga. Sin pedir permiso ni autorización de la comunidad de propietarios, realizó la conducción, canalización y conexión a la placa del portero automático de la entrada a la finca para abrir a los clientes cuando el conserje no se encontraba”, cuenta un administrador de fincas de la zona.
Las constantes caídas de fluido eléctrico y un fuerte olor en una comunidad en la zona de Sanchinarro, en Madrid, “acabaron descubriendo una pequeña plantación de plantas de marihuana en uno de los trasteros de la comunidad”, relata otro administrador. Cultivos que también han sido desmantelados en trasteros de La Palma, Albacete, Zaragoza… Incluso hay quien ha usado estos espacios, los más húmedos del edificio, para el cultivo de hongos y la instalación de un acuario para cultivar coral.
Una práctica que se repite entre los vecinos es el uso de los trasteros para actividades de bricolaje con sierras de corte, soldadores y productos tóxicos o inflamables para los que no están concebidos estos espacios. Además, no hay que olvidar que, en la práctica totalidad de los casos, el consumo de energía eléctrica corre por cuenta de la comunidad de propietarios.
Los propietarios pueden tomar distintas medidas para acabar con las actividades ilegales en los trasteros. “Deben ponerlo en conocimiento del organismo municipal competente para que realice las funciones de control, vigilancia y sanción correspondiente y, además, tienen que avisar a la comunidad de propietarios para que adopte las medidas oportunas. Estas van desde el requerimiento extrajudicial a esos propietarios o usuarios, hasta la interposición de una demanda judicial para conseguir la tutela judicial efectiva, toda vez que las comunidades de propietarios no tienen potestad sancionadora”, explica Roberto Mangas, letrado especializado en propiedad horizontal.
Sin embargo, judicializar el tema, además de ser un proceso lento y costoso, puede deteriorar las relaciones vecinales, por lo que Mangas recomienda resolver el problema de la manera más amistosa posible. Esto es, comenzar con una llamada telefónica por parte del presidente de la comunidad para instarle a que cese en la actividad, por ser contraria a la normativa vigente y por generar un riesgo para la seguridad e integridad de los vecinos.
Si la vía conciliadora no da resultado, solo queda instar la acción judicial de cesación contemplada en la Ley de Propiedad Horizontal, que permite obtener del juzgado o tribunal la tutela judicial efectiva cuando en el trastero (o en el piso o plaza de garaje) se desarrollen actividades prohibidas en los estatutos que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. “Cuando estas sentencias acaban teniendo un pronunciamiento favorable a los intereses de las comunidades de propietarios, finalizan con una privación del uso del trastero por un tiempo no superior a tres años en los casos de propietarios, o en la declaración de extinción de derechos y su expulsión en los casos en los que no fuera propietario”, resuelve Mangas.
Un piso con licencia
A los casos anteriores se les une el uso del trastero como una vivienda, conducta la mayoría de las veces ilegal, puesto que no es nada sencillo obtener los permisos administrativos para hacer la conversión. Para ello, el inmueble deberá reunir las condiciones que la normativa exige. En Madrid, por ejemplo, aunque el concepto de trastero está regulado en el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento (PGOU) de 1997, que establece que este no puede tener una superficie mayor de seis metros cuadrados y debe estar ligado a una vivienda en concreto, no pudiendo separarse de ella, existen trasteros en edificios de más de 50 metros cuadrados anteriores a esa fecha. “Las condiciones técnicas que debe cumplir, entre otras, para convertirse en vivienda es que toda su superficie se encuentre sobre rasante y sea superior a 40 metros cuadrados, con una fachada mínima de 3,50 metros. Asimismo, deberá disponer de unas condiciones mínimas de ventilación e iluminación”, señala el arquitecto técnico Enrique Fernández.
“Las normas urbanísticas definen los parámetros que han de cumplir las viviendas, su situación, superficie, acceso, condiciones de habitabilidad… para lo cual antes debería solicitarse un informe redactado por un técnico competente en el que se especificara la idoneidad o no del local para el nuevo uso”, mantiene Alfredo Sanz, presidente del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España.
Las modificaciones que el trastero necesita para adaptarse a la normativa pueden llevar aparejadas que el propietario precise de una autorización de la comunidad, ya que en muchas ocasiones la obtención de luces, ventilación, creación de accesos independientes y servicios exige la alteración o modificación de elementos comunes.
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