El Poder Judicial critica que la nueva Autoridad de Defensa del Cliente Financiero invade su espacio

“La Administración no puede crear instancias administrativas para resolver coactivamente controversias entre particulares regidas por el derecho privado”, afirma

Nadia Calviño, vicepresidenta primera del Gobierno, el pasado martes en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, en La Moncloa.Europa Press News (Europa Press via Getty Images)

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha criticado este jueves las funciones de la nueva Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, ya que comporta “la invasión del espacio que la Constitución reserva en exclusiva al Poder Judicial”, recoge el órgano de gobierno de los jueves en un comunicado. El pleno ha aprobado por unanimidad el anteproyecto de ley para la creación de la autoridad que tratará de resolv...

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha criticado este jueves las funciones de la nueva Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, ya que comporta “la invasión del espacio que la Constitución reserva en exclusiva al Poder Judicial”, recoge el órgano de gobierno de los jueves en un comunicado. El pleno ha aprobado por unanimidad el anteproyecto de ley para la creación de la autoridad que tratará de resolver por la vía extrajudicial controversias entre entidades financieras y usuarios.

En el informe, los jueces explican que la Administración Pública no es parte de la relación entre los bancos y sus clientes. “La Administración no puede crear instancias administrativas para resolver coactivamente controversias entre particulares regidas por el derecho privado”, dice el texto. También critica que la norma incluya la posibilidad de pedir la colaboración de otros órganos o entidades públicas o privadas cuando el volumen de reclamaciones lo requiera. “Resulta radicalmente inadmisible que (...) pueda, además, resultar cedida a cualquier órgano o entidad pública o privada”, apostilla.

El proyecto del Gobierno para crear esta nueva autoridad de defensa de los clientes financieros unificará los servicios de reclamaciones que existen del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Atenderá a los usuarios de la banca, así como en casos relacionados con empresas de inversión y de seguros. En origen, nace con el objetivo de aliviar precisamente a los juzgados de los numerosos casos que acumula, aunque ahora el CGPJ lo critica con dureza.

La autoridad podrá intervenir cuando haya reclamaciones de los clientes que no hayan quedado satisfechos con la respuesta de los servicios de atención al cliente de las compañías. Será gratuita para los usuarios (las entidades tendrán que pagar una tasa de 250 euros por cada reclamación que vaya contra ellos) y sus resoluciones serán vinculantes para la entidad financiera cuando los importes reclamados sean inferiores a 20.000 euros. La vicepresidenta primera del Gobierno, Nadia Calviño, ha destacado en varias ocasiones la importancia de este organismo para garantizar la protección de los consumidores financieros. El proceso será relativamente sencillo y no se necesitará ni abogado ni procurador. Así, el Ejecutivo pretende incentivar que las propias entidades financieras resuelvan los conflictos de los ciudadanos “de manera ágil”.

El sector financiero, en cambio, considera que se producirá un efecto contraproducente con la creación de este organismo. Además, cree que puede existir un incentivo perverso en la obligatoriedad del pago de una tasa sin tener en cuenta si la resolución da la razón al cliente o no. De hecho, el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, también hizo referencia a estas posibles consecuencias en su intervención en la comisión de Asuntos Económicos del Congreso.

Hernández de Cos dijo que con la imposición de la tasa se fomenta que haya una resolución más rápida, lo que considera positivo. “Se pretende, de esta manera, incentivar que las entidades resuelvan las reclamaciones de sus clientes de forma amistosa, antes de que estos acudan a la Autoridad”. Sin embargo, hay una cara menos amable: “Este sistema podría provocar que cualquier disputa por un importe inferior a la cantidad de la tasa sea aceptada por la entidad con independencia de que su comportamiento se haya ajustado o no a la normativa y a las buenas prácticas, puesto que continuar el procedimiento ante la Autoridad siempre sería más costoso. En último término, podría generar también un incremento de los conflictos entre los clientes y las entidades financieras”.

Cliente financiero ampliado

Hernández de Cos recordó entonces que el Consejo de Estado, en su dictamen sobre el anteproyecto, apuntó a la falta de proporcionalidad del sistema diseñado. “Para evitar estos problemas potenciales, podrían explorarse otras alternativas como, por ejemplo, requerir el cobro de la tasa en función del número de reclamaciones contrarias a una entidad, y no meramente de las tramitadas”, propuso el gobernador en el Congreso. El informe del Poder Judicial, sobre el pago de la tasa, dice que se pone en riesgo “alguno de los principios que presiden nuestro sistema tributario”. Y añade que “sería igualmente necesario adaptar la cuantía de la tasa al importe de la reclamación”, para que no haya casos en los que exceda el montante en discusión.

El dictamen del CGPJ sostiene que la definición del cliente financiero es demasiado amplia y ofrece una protección excesiva en algunos casos. “La definición que el anteproyecto hace del cliente financiero —en la que incluye tanto a las personas físicas (actúen como consumidores o profesionales) como a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica, dispensándoles a todos el mismo nivel de protección— resulta exorbitante”, añade el comunicado del organismo.

También critica el informe la definición de cláusulas abusivas. Según el Poder Judicial, el texto de la norma no tiene en cuenta la dimensión subjetiva de la caracterización como abusivas de ciertas cláusulas contractuales, donde también intervienen las circunstancias personales de cada caso juzgado. Es decir, no se puede hacer una traslación mecánica para el resto de clientes. El dictamen tampoco comparte que las resoluciones de la nueva autoridad “pondrán fin a la vía administrativa y no serán susceptibles de recurso de reposición”.

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