Bruselas obligará a las empresas a compensar a las víctimas de discriminación salarial por razón de género
La Comisión propone que las compañías de más de 250 trabajadores publiquen informes sobre la brecha retributiva y propone sanciones para castigar la desigualdad
Mismo trabajo, mismo sueldo. Bruselas se pone seria con la desigualdad de género en las empresas y lanzó este jueves una batería de medidas con las que quiere facilitar que los trabajadores puedan llevar a los tribunales a las compañías que retribuyan de forma desigual a hombres y mujeres. La Comisión Europea propone que las grandes compañías hagan pública la brecha salarial existente en el seno de las empresas para que los trabajadores que se sientan discriminados puedan ir a la justicia y ser “plenamente compensados”....
Mismo trabajo, mismo sueldo. Bruselas se pone seria con la desigualdad de género en las empresas y lanzó este jueves una batería de medidas con las que quiere facilitar que los trabajadores puedan llevar a los tribunales a las compañías que retribuyan de forma desigual a hombres y mujeres. La Comisión Europea propone que las grandes compañías hagan pública la brecha salarial existente en el seno de las empresas para que los trabajadores que se sientan discriminados puedan ir a la justicia y ser “plenamente compensados”.
La pandemia de la covid-19 amenaza con agrandar de nuevo las diferencias de género en el mercado laboral. Bruselas ha constatado que la pandemia ha supuesto de nuevo una sobrecarga para las mujeres por la importancia de los servicios asistenciales –en los que predomina su presencia—, el cierre de escuelas y la atención a familiares. Por ello, la Comisión Europea no quiere que la crisis económica derivada de la pandemia sea otra excusa para aplazar una nueva directiva que incremente la transparencia en el seno de las empresas.
El objetivo del Ejecutivo comunitario es acabar con la persistente brecha del 14,1%, según Eurostat. Y para poner fin a esas “zonas grises” en las retribuciones empresariales, la Comisión obligará a las empresas con más de 250 trabajadores a publicar informes sobre brechas salariales en su organización, siempre cumpliendo con las leyes de protección de datos europeas. En caso de que esas auditorías arrojen que hay un “elevado riesgo de desigualdades retributivas injustificadas”, los representantes de la empresa y los trabajadores deberán acordar medidas correctivas.
Con la información en la mano, la directiva permite que los organismos de igualdad y los representantes de los trabajadores puedan ir a los tribunales en nombre los empleados que experimentan discriminación salarial para interponer una demanda colectiva. “Habrá una compensación para quienes hayan sido víctimas de discriminación y medidas correctivas que aborden el sesgo estructural discriminatorio en las organizaciones”, señala la Comisión Europea. Ursula von der Leyen, la presidenta de la Comisión Europea, justificó en un comunicado que “el mismo trabajo merece la misma retribución. Y para ello, se requiere transparencia”.
Criterios objetivos
La directiva fija, de acuerdo con las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE, el concepto de “trabajo de igual valor”. Es decir, los puestos de trabajo —los ocupen hombres o mujeres— pueden ser comparados a nivel retributivo teniendo en cuenta varios criterios objetivos: requisitos de formación y de experiencia profesional, esfuerzo y responsabilidad o destrezas. Ahí la directiva deja cierto margen a los países para que lo aborden con los agentes sociales.
De ese concepto se deriva la igualdad salarial, que Bruselas contempla en un sentido amplio. No solo se trata del sueldo bruto, sino también de los complementos salariales, las prestaciones, y las ventajas en efectivo o en especies que reciben los trabajadores. Entre otras remuneraciones, pues, comprende bonus, compensaciones de tiempo, desplazamientos (incluyendo coches de empresa), subsidios de residencia, compensaciones por formación, horas extra o pensiones.
La directiva, además, se aplicará a todos los trabajadores, con independencia del tipo de contrato (a tiempo completo o parcial) o de la relación contractual; es decir, si están subcontratados o no. La propuesta también cubre a empleadas de hogar, trabajadores con contratos discontinuos e incluso a quienes comercialicen sus servicios mediante una plataforma de internet. Los países deberán, por último, fijar un sistema de sanciones –incluyendo multas— para castigar los incumplimientos de ese principio. “Esas multas deberán ser efectivas, proporcionales y disuasivas”, sostienen fuentes de la Comisión.