¿Es obligatorio tener en España un seguro del hogar? En principio, no, al contrario de lo que ocurre en otros países cercanos, donde es obligatorio incluso para los arrendados. En España, eso sí, la nueva Ley de crédito inmobiliario —en vigor desde mediados de junio— permite que los bancos, para otorgar la hipoteca, exijan que la vivienda que se quiere adquirir esté asegurada, aunque está obligada a aceptar las pólizas alternativas que el cliente le someta, si estas cumplen las condiciones requeridas por el banco. Pero, en el caso de querer o tener que hacerlo, ¿cómo debería ser el seguro de hogar ideal para ser realmente eficaz?
Es una pregunta que potencialmente interesa a un gran número de usuarios, ya que el seguro de hogar protege a más de tres cuartas partes de las viviendas españolas. Si hace 30 años solo uno de cada cinco hogares españoles contaba con este tipo de póliza, a cierre de 2018 estaban asegurados casi 20 millones de los 25 millones de casas y pisos que componen el parque de viviendas, según la asociación empresarial del seguro Unespa.
Y a mayor tamaño, mayor tasa de aseguramiento. A un extremo, cuenta con un seguro de hogar solo el 18,7% de las viviendas habituales de una sola habitación (término que incluye las cocinas de más de cuatro metros cuadrados, entre otras estancias), pero, en el otro, esta proporción alcanza el 75% en el caso de las que tienen cinco habitaciones o más.
Unas cifras que no satisfacen a Carlos Lluch, director técnico de la correduría Lluch & Juelich, para quien “en España no hay cultura de riesgo y preventiva, y los efectos se notan en el día a día y también en situaciones extremas”, como las inundaciones el pasado octubre en Mallorca. Los afectados que no tenían seguro de hogar, relata Lluch, tampoco han podido beneficiarse de las coberturas que el Consorcio de compensación de seguros ofrece en presencia de riesgos que las compañías no asumen, como los daños materiales causados por fenómenos naturales excepcionales, precisamente porque la condición para poder acogerse a él es estar asegurado.
Dos tipos de póliza
En palabras de la portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Iverniceanu, “hay principalmente dos tipos de seguros de hogar: los multirriesgo y los todo riesgo accidental”. Los primeros enumeran cada riesgo que cubren (incendio, fenómenos meteorológicos y robo, entre otros), cada uno con sus limitaciones y exclusiones, pero sin franquicia. Por el contrario, los segundos cubren todos los daños originados por un accidente, con unas excepciones. “En cada siniestro el asegurado pagará una franquicia y tienen alguna limitación, pero su cobertura es más amplia”, asegura Izverniceanu, para quien estas son las pólizas ideales. “También porque, al ser más breve y simple, el contrato es más comprensible”, redunda.
Este tipo de seguro de hogar, sin embargo, es muy poco frecuente en el mercado español. “Aquí las compañías comercializan el seguro multirriesgo y, sobre ese, se puede contratar opcionalmente la garantía todo riesgo accidental”, aclara Iverniceanu. En su opinión, esta es una buena solución para dar una cobertura más amplia, porque tiene la ventaja de que, para los siniestros corrientes, no se aplicaría franquicia. No obstante, para los cubiertos por la garantía adicional, aparte las franquicias o daños mínimos indemnizables, “pueden aparecer limitaciones (por ejemplo una indemnización máxima de 6.000 euros por siniestro y año) que los hiciera poco interesantes”, apostilla.
Asegurar la reconstrucción
Sea cual fuere la opción escogida, la primera recomendación de Lluch es “valorar correctamente tanto la edificación como el contenido, identificando lo que más importa para la continuidad de la calidad de vida de la familia”. Aunque tengan la misma superficie y las mismas características arquitectónicas, un piso en primera línea de playa no tendrá el mismo valor que otro igual pero que se encuentra cinco calles más adentro. Volver a edificarlos en el caso de un destrozo, sin embargo, sí costará lo mismo. Por ello, para este experto es importante asegurar el valor real de reconstrucción del piso o de la casa y no, como a menudo requieren los bancos, el capital del préstamo, ya que son cantidades que casi nunca coinciden. Y, si la vivienda se encuentra en una comunidad de propietarios, habrá que averiguar si el inmueble entero cuenta ya con un seguro de edificios. En caso afirmativo, no tendría sentido para el banco exigir a su cliente un seguro para el continente, ya que se trataría de una duplicidad. Será suficiente hacer una cesión de derechos por la cuota de copropiedad poseída a favor del banco.
Hacer un inventario cada tres años de “todos los bienes que pueblan nuestra vida y con los que nos gustaría empezar de nuevo en caso de accidente” es el consejo de Lluch para valorar correctamente el contenido que se quiere asegurar. Pero hay que prestar mucha atención a los criterios de valoración de los bienes que adoptan las compañías. “En muchas pólizas no nos pagarán los electrodomésticos si superan cierta edad y pueden aplicarnos depreciación en casi todo, echando por tierra nuestra expectativa de quedarnos como estábamos antes del percance”, dice Lluch. Por lo que advierte: “Ojo con los seguros baratos”.
Y, ya que es imposible asegurar absolutamente todo, habrá que proteger adecuadamente documentos, archivos, fotos y en general cualquier elemento especialmente valioso desde el punto de vista afectivo más que material, porque el seguro no podrá pagarlos con dinero.
Un hotel y hasta el alquiler
Otro elemento que debemos comprobar es que en caso de siniestros graves el seguro cubra unos días de hotel y hasta un año el alquiler de otra casa. “Hay compañías low cost que no lo contemplan, y hay que ser conscientes de que ahorrarse unos pocos euros puede salir muy caro”, avisa Lluch.
Pero será necesario velar también a que el capital cubierto por responsabilidad civil sea, al menos, 600.000 euros: “Imaginemos que tenemos un incendio y dañamos dos pisos como el nuestro y entenderemos por qué”, zanja Lluch, quien añade en este capítulo también los riesgos de la vida privada (“¿Viajamos? ¿Montamos en bici? ¿Tenemos un dron recreativo?”, son ejemplos de preguntas que, en su opinión, deberíamos hacernos).
Y, muy importante, es buena idea contratar la reclamación de daños en otro seguro específico. Si contratamos dentro del seguro del hogar esta cobertura, que permite sufragar los costes legales de la reclamación de daños que hemos sufrido, esta no valdrá para reclamaciones contra la propia aseguradora. “Mejor poder hacerlo”, sugiere Lluch.