El Supremo no obliga a Barajas a recortar vuelos por el ruido pero exige revaluar el daño

Fomento celebra que la batalla con los vecinos de una urbanización cercana a Madrid no le fuerza a modificar ahora las rutas

La urbanización Ciudad de Santo Domingo.SAMUEL SÁNCHEZ

El aeropuerto de Madrid-Barajas podrá de momento seguir operando como hasta ahora por la ruta que sobrevuela la urbanización Santo Domingo de Madrid. El Tribunal Supremo notificó este miércoles a los vecinos afectados y a Aena, la gestora de los aeropuertos españoles, la sentencia de la batalla que desde 2004 mantienen el grupo de casas cercano a Algete (Madrid) con el aeropuerto por el...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El aeropuerto de Madrid-Barajas podrá de momento seguir operando como hasta ahora por la ruta que sobrevuela la urbanización Santo Domingo de Madrid. El Tribunal Supremo notificó este miércoles a los vecinos afectados y a Aena, la gestora de los aeropuertos españoles, la sentencia de la batalla que desde 2004 mantienen el grupo de casas cercano a Algete (Madrid) con el aeropuerto por el ruido que generan los sobrevuelos de una de las pistas de aterrizaje. Y la respuesta de los magistrados es que el pulso no ha terminado: la Administración será quien deba determinar cómo cesar el problema que sufren los vecinos, atendiendo a una normativa europea que obliga a volver a evaluar el ruido.

Más información

El tribunal admite que existe una lesión para los vecinos que Aena tenía obligación de solucionar tal y como exigió en 2008 el propio Supremo. Y de momento esta sentencia no se ha ejecutado. Las medidas que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid consideró adecuadas en 2014 (una reducción de un 30% de los sobrevuelos molestos) quedan anuladas. El Supremo decide devolver a ese mismo tribunal la causa pero especifica que la solución debe encajar en el reglamento europeo de 2013 sobre navegación aérea que entró en vigor en España en 2016.

Normativa europea

Según la sentencia, con fecha del 3 de abril, apunta que esa normativa de origen europeo con la que deberán establecerse las nuevas medidas para evitar la lesión a los vecinos señala el proceso que deberá seguirse para “restringir operaciones de navegación aérea” en conflictos como este. Para eso se deberá, entre otras cosas, medir el nivel de ruido desde dentro de las viviendas y elaborarse un informe que evalúe “la relación coste eficacia de una reducción tras consultar no solo con los residentes afectados por el ruido sino también con las empresas situadas en las inmediaciones, los operadores de los aeropuertos y los proveedores de servicios entre otros”.

Fomento ha emitido este miércoles un comunicado a última hora de la tarde donde celebraba la sentencia porque la decisión no conlleva “ninguna obligación para la administración, ni para Aena, en cuanto a modificación de rutas, reducción de sobrevuelos u otros supuestos”. Sin embargo, en el propio comunicado, matiza que queda pendiente de los requerimientos de la Administración: "En ejecución de la Sentencia, Aena se compromete a cumplir lo que indique la Administración".

Por su parte, el portavoz de la Asociación contra el Ruido y Riesgo de Aeronaves Ciudad Santo Domingo, tampoco consideró un fracaso la decisión, ya que reconoce que existe una lesión y que se deben tomar medidas, aunque no vayan a ser inmediatas. "El Supremo vuelve a decir por tercera vez que hay una lesión sobre los derechos de los vecinos y que no se ha solucionado", explicó. "Hasta ahora no han ejecutado la sentencia de 2008. Así que la Administración tendrá que poner en marcha medidas para que cese el problema. Sean las que sean", apuntó. No quiso entrar a evaluar el fondo de la sentencia porque aseguró que estaba siendo analizada todavía por los abogados de los demandantes que representan a los 1.269 vecinos afectados por esta causa.

Más información

Archivado En