Reclaman a Hacienda por un posible cobro indebido a Nozar

Los administradores concursales de Lena Construcciones, una de las empresas del grupo Nozar, en concurso de acreedores, ha demandado a la Agencia Tributaria la devolución de cuatro millones de euros que a su criterio salieron indebidamente de la masa activa de esa constructora para compensar deudas de otras empresas del grupo, de modo que se perjudicó a otros acreedores de la compañía. La demanda ha sido admitida por el juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid, que tramita el concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos).

En concreto, los administradores concursales de Lena (qu...

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Los administradores concursales de Lena Construcciones, una de las empresas del grupo Nozar, en concurso de acreedores, ha demandado a la Agencia Tributaria la devolución de cuatro millones de euros que a su criterio salieron indebidamente de la masa activa de esa constructora para compensar deudas de otras empresas del grupo, de modo que se perjudicó a otros acreedores de la compañía. La demanda ha sido admitida por el juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid, que tramita el concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos).

En concreto, los administradores concursales de Lena (que son los mismos que de Nozar) sostienen que "a sugerencia de la propia Agencia Tributaria", Juan Carlos Nozaleda Arenas (consejero delegado de las sociedades implicadas), solicitó que se compensasen las deudas de dos de las empresas del grupo Nozar (NZ Patrimonio y Nozacek) con Hacienda, con la deuda que esta tenía con Lena por la liquidación del IVA de diciembre de 2008.

Conocía la situación

La Agencia Tributaria, "pese a conocer la situación de insolvencia de Lena", se cobró una parte de las deudas de NZ Patrimonio y Nozacek con cargo a lo que tenía que devolver a Lena, que precisamente presenta un desfase patrimonial de 4,4 millones, poco más de lo que se llevó Hacienda.

Precisamente la Agencia Tributaria (a la que Lena adeuda 104.056 euros) forma parte también de la administración concursal de Lena, por lo que tuvo que abstenerse en este incidente, por manifiesto conflicto de intereses.

Aunque los administradores no prejuzgan si hubo o no mala fe al realizar esa compensación, la consideran anulable al no ser las empresas implicadas deudora una de otra ni mediase consentimiento de Lena. "La personalidad jurídica existe para algo. El hecho de que una sociedad acreedora pertenezca al mismo grupo que las sociedades deudoras no autoriza a la Hacienda pública (...) como si los créditos y deudas de las sociedades hermanas fueran comunes", razona la demanda.

Añade que además Hacienda conocía la situación de insolvencia de Lena (la comunicó al juzgado el 12 de mayo de 2009 y la compensación de la Agencia se produjo el 30 de julio) de modo que "defraudó gravemente los derechos de los demás acreedores legítimos".

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