La justicia condena a Caja Inmaculada por no promocionar a las mujeres

El Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza ha condenado a la segunda caja de ahorros de Aragón, Caja Inmaculada (CAI), por discriminar a sus empleadas "en materia de promoción por circunstancias de sexo". La sentencia, dictada el pasado 11 de septiembre, será recurrida por la CAI ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

El magistrado actuó a instancias de la Inspección de Trabajo del Gobierno de Aragón (del PSOE) que, según fuentes del Ejecutivo, inspecciona a las empresas de forma aleatoria para comprobar el grado de cumplimiento de la Ley de Igualdad. En este caso, el juez M...

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El Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza ha condenado a la segunda caja de ahorros de Aragón, Caja Inmaculada (CAI), por discriminar a sus empleadas "en materia de promoción por circunstancias de sexo". La sentencia, dictada el pasado 11 de septiembre, será recurrida por la CAI ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

El magistrado actuó a instancias de la Inspección de Trabajo del Gobierno de Aragón (del PSOE) que, según fuentes del Ejecutivo, inspecciona a las empresas de forma aleatoria para comprobar el grado de cumplimiento de la Ley de Igualdad. En este caso, el juez Mariano Fustero considera como hecho probado que hay discriminación "en el muy desigual y desproporcionado acceso de la mujer a los niveles retributivos I a VI y en la preferencia manifiesta por el colectivo de hombres de dicha entidad". Estas medidas suponen "una práctica discriminatoria indirecta adversa en perjuicio del grupo de mujeres empleadas".

Según los datos de la plantilla recogidos el pasado 31 de octubre, sólo 25 mujeres ocupaban puestos directivos -en la dirección y subdirección- frente a 244 hombres que desempeñaban cargos equivalentes.

La sentencia rechaza el argumento de que la mayor antigüedad de los hombres determina la ocupación de niveles superiores porque "con la misma antigüedad se ha seguido prefiriendo en proporción del triple, como mínimo, a los hombres". Y añade que "el argumento de que la tardía incorporación de la mujer al sector financiero y de las cajas de ahorros ha producido ese acceso tardío de la mujer a niveles retributivos más altos, supone dar como cierto que es la antigüedad la que de termina el acceso a dichos niveles".

El juez no impone sanción alguna a la CAI. Esta responsabilidad recae sobre la Inspección de Trabajo, organismo encargado de su cumplimiento, ya que se trata de una sentencia en la que se hace una declaración de derecho. El inspector propuso en el acta de sanción una multa de 25.000 euros por considerar los hechos muy graves.

La vicepresidenta del comité de empresa de la CAI, Victoria Camarena, expresó su satisfacción por la sentencia y aseguró que habían puesto esta situación en manos de los compañeros. "Pero para arreglar las cosas hay que tener voluntad de diálogo y no la hay en este momento en la dirección", agregó. "Las mujeres llegamos al nivel VII, que es el nivel máximo al que podemos en la caja. Pero con los compañeros no pasa igual". Y recordó que a 31 de octubre de 2007 sólo una mujer de las 498 empleadas estaba en el nivel I mientras que de los 961 hombres habían llegado 22.

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