DESPACHO DE ABOGADOS | La protección de datos

Un becario que deja ver datos de clientes

Otro de los casos sancionados por la Agencia de Protección de Datos tiene su origen en las actividades de un alumno en prácticas de un despacho de abogados. Usaba el eMule en sus ratos libres, y no se dio cuenta de que, en una de estas operaciones lúdicas en su puesto de trabajo, puso a disposición de quien quisiera verlo un fichero con datos personales de clientes del despacho. Entre ellos, nombres, apellidos, DNI, teléfonos, domicilios y observaciones. En total había 1.500 registros en una tabla de nombre "Implicados". El becario también puso a la vista de todos otra tabla, llamada "Hacienda...

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Otro de los casos sancionados por la Agencia de Protección de Datos tiene su origen en las actividades de un alumno en prácticas de un despacho de abogados. Usaba el eMule en sus ratos libres, y no se dio cuenta de que, en una de estas operaciones lúdicas en su puesto de trabajo, puso a disposición de quien quisiera verlo un fichero con datos personales de clientes del despacho. Entre ellos, nombres, apellidos, DNI, teléfonos, domicilios y observaciones. En total había 1.500 registros en una tabla de nombre "Implicados". El becario también puso a la vista de todos otra tabla, llamada "Hacienda", que incluía datos contables, nombres y apellidos y NIF de clientes.

Una vez más, fue la policía local de Ourense la que descubrió el desaguisado e hizo las comprobaciones pertinentes. Como en casi todos los casos, no había sido algo voluntario, sino un "desafortunado error", en palabras del responsable del despacho, originado por la falta de conocimientos informáticos del becario que usaba eMule. En este caso había copiado estos ficheros en una carpeta temporal que se encontraba en otra que a su vez era compartida por el programa p2p.

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Protección de Datos sancionó al responsable del despacho por haber infringido el deber de confidencialidad, de secreto y de sigilo. Como no había "intencionalidad ni reincidencia" -el despacho subsanó el problema de inmediato- la sanción impuesta por la Agencia, el 20 de febrero de 2008, fue finalmente de 3.000 euros, por falta grave. La multa no ha sido recurrida. La película o la música descargadas, desde luego, han salido caras al abogado y al alumno en prácticas.

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