El Superior deniega la petición de las diputaciones sobre el Impuesto de Sociedades

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior vasco ha denegado la petición de las tres diputaciones de que revocase las medidas cautelares que había adoptado sobre la normativa del Impuesto de Sociedades por "razones de procedimiento". El pronunciamiento del máximo tribunal vasco se produce tras la petición de las tres instituciones forales, cursada por separado, para que levantara la suspensión cautelar de la norma tras conocerse, el pasado 6 de septiembre, el fallo del Tribunal de Luxemburgo en el caso Azores.

El Superior ha dictado una providencia en la que n...

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior vasco ha denegado la petición de las tres diputaciones de que revocase las medidas cautelares que había adoptado sobre la normativa del Impuesto de Sociedades por "razones de procedimiento". El pronunciamiento del máximo tribunal vasco se produce tras la petición de las tres instituciones forales, cursada por separado, para que levantara la suspensión cautelar de la norma tras conocerse, el pasado 6 de septiembre, el fallo del Tribunal de Luxemburgo en el caso Azores.

El Superior ha dictado una providencia en la que no concede la revocación de las medidas cutelares al tener preparado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que "le priva de toda jurisdicción" para examinar la solicitud de las diputaciones. Éstas pidieron la anulación amparándose en la doctrina contenida en el fallo del Tribunal europeo, que acepta la posibilidad de que, en determinadas condiciones, una región tenga unos tipos impositivos inferiores a los del Estado al que pertenece.

El tribunal sostiene que ya ha dictado sus dos únicas resoluciones posibles en este caso y "no cabe tramitar un incidente de revocación de medidas cautelares, que no son firmes, porque aún tiene que pronunciarse el Tribunal Supremo sobre ellas".

El Superior acordó en octubre de 2005 la suspensión cautelar de los artículos de las normas forales que fijaban el tipo de gravamen del Impuesto de Sociedades en el 32,5%, dos puntos y medio inferior al del territorio común. Esta decisión fue adoptada tras los recursos interpuestos por los gobiernos de Castilla y León y La Rioja. El tribunal señala que no ha resuelto los recursos de súplica que presentó La Rioja contra las normas forales que fijaban el nuevo tipo para este año en el 32,6%.

Minuta

Las haciendas de Vizcaya y Guipúzcoa destacaron ayer que la decisión del Superior responde únicamente a una cuestión de "forma" y no rechaza su argumentación. "Le toca ahora al Tribunal Supremo pronunciarse", señaló la Diputación de Guipúzcoa en un comunicado.

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La patronal vasca Confebask aseguró que el hecho de que el tribunal considere que las medidas cautelares contra los tipos de gravamen "no son firmes" estaría acreditando la "plena vigencia de las normas impugnadas".

Por otro lado, la Mesa de las Juntas Generales de Álava decidió ayer no pagar la parte que le corresponde (122.400 euros) al abogado Ignacio Sáenz Cortabarria, contratado para defender a las diputaciones ante los tribunales en este caso. El letrado pasó una minuta de 1.440.000 euros, de los que Vizcaya debe abonar el 50%, Guipúzcoa el 33% y Álava el 17%, según el coeficiente de la Ley de Aportaciones. La Diputación guipuzcoana aseguró que tampoco ha abonado su parte.

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