La Junta acata la sentencia del TSJA, pero asegura que contestó a los vecinos

La Junta no recurrirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que consideró que el presidente andaluz, Manuel Chaves, vulneró el derecho fundamental de petición al no responder al escrito remitido por una plataforma vecinal de Granada. La Junta tenía un mes para interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero según informó ayer la Oficina del Portavoz del Gobierno, ha optado por acatar el fallo y mostrar "su plena disposición" a contestar la petición de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido.

El Gobierno andaluz, a través de un co...

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La Junta no recurrirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que consideró que el presidente andaluz, Manuel Chaves, vulneró el derecho fundamental de petición al no responder al escrito remitido por una plataforma vecinal de Granada. La Junta tenía un mes para interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero según informó ayer la Oficina del Portavoz del Gobierno, ha optado por acatar el fallo y mostrar "su plena disposición" a contestar la petición de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido.

El Gobierno andaluz, a través de un comunicado, sostuvo ayer, no obstante, que la petición de los vecinos sí fue contestada por la Delegación del Gobierno en Granada, según consta en su registro de salida con fecha 13 de julio de 2005, un mes después de que los vecinos enviaran su escrito. A pesar de dicha contestación, "la Junta de Andalucía siente que no se siguieran adecuadamente los trámites formales que establece la Ley Orgánica 4/2001", añade el comunicado.

El TSJA consideró conculcado por parte de el presidente de la Junta el derecho de petición porque no contestó a un escrito enviado por varias asociaciones de vecinos, que se ampararon en este derecho fundamental para exigir una respuesta. El portavoz de los vecinos, Francisco Morales, afirmó ayer que la plataforma recibió la contestación de la Delegación, pero que ésta no se atenía a lo que marca la ley que regula el derecho de petición. "No vale cualquier contestación. Ni contestaba el presidente de la Junta ni se decía si se estimaba o se desestimaba la petición. Era una especie de carta de amiguetes", señaló Morales, quien añadió que el tribunal ha visto ese escrito antes de emitir su fallo.

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