Una ley sancionará el comercio de árboles centenarios valencianos

Las Cortes aprueban hoy la norma que protege el patrimonio arbóreo monumental

Los árboles monumentales y centenarios de la Comunidad Valenciana quedarán protegidos a partir de hoy del arranque, trasplante y el comercio, según la Ley de Patrimonio Arbóreo Monumental que está previsto aprueben hoy mismo las Cortes valencianas. La norma prevé sanciones de entre 18.000 y 500.000 euros a los infractores, y también medidas de apoyo para facilitar la producción, por ejemplo, de aceite de olivos centenarios.

El PP presentó la proposición de ley elaborada por la Consejería de Territorio y Vivienda después de rechazar una propuesta en ese sentido del PSPV-PSOE, que se hizo...

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Los árboles monumentales y centenarios de la Comunidad Valenciana quedarán protegidos a partir de hoy del arranque, trasplante y el comercio, según la Ley de Patrimonio Arbóreo Monumental que está previsto aprueben hoy mismo las Cortes valencianas. La norma prevé sanciones de entre 18.000 y 500.000 euros a los infractores, y también medidas de apoyo para facilitar la producción, por ejemplo, de aceite de olivos centenarios.

El PP presentó la proposición de ley elaborada por la Consejería de Territorio y Vivienda después de rechazar una propuesta en ese sentido del PSPV-PSOE, que se hizo eco de la preocupación de asociaciones cívicas y la Unió de Llauradors por la venta a otras zonas de España y Europa de olivos milenarios. La norma ha logrado finalmente un alto consenso y se aprobará hoy en las Cortes.

La ley resalta la necesidad de proteger "por sus características excepcionales de valor histórico, cultural, científico y de recreo" el patrimonio arbóreo, tanto en terrenos públicos como privados. La consejería elaborará un catálogo de los árboles protegidos, cuya declaración como tales compete al Consell y a los ayuntamientos. Sin necesidad de "resolución singularizada", quedarán protegidos los árboles que superen uno o varios parámetros fijados en la ley, como superar los 350 años de edad o 30 metros de altura. La norma prohíbe "con carácter general dañar, mutilar, deteriorar, arrancar o dar muerte" a los árboles protegidos, modificar su entorno, y "el arranque, transplante y la tenencia de ejemplares arrancados, el comercio y todo tipo de transacciones con ellos". Las sanciones podrán alcanzar hasta el medio millón de euros para las infracciones muy graves, y los expedientes comportarán una indemnización por el daño de hasta 3.000 euros. La Generalitat se compromete a dar apoyo técnico para facilitar "la puesta en valor" de las producciones de árboles como los olivos.

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