El informe de un letrado del Senado pone en duda la constitucionalidad del Estatuto catalán

El texto, que no es vinculante, objeta la definición de nación y el deber de conocer el catalán

Un informe no vinculante elaborado por el letrado de la Comisión de las Comunidades Autónomas del Senado aprecia al menos 11 artículos de "difícil encaje constitucional" en el Estatuto de Cataluña que fue aprobado el pasado 30 de marzo en el Congreso. El abogado cuestiona la definición de Cataluña como nación que aparece en el preámbulo del Estatuto, el "deber" de conocer la lengua catalana, la fórmula de blindaje competencial, el nuevo sistema de financiación, la asunción por parte de la Generalitat del régimen local o diversos preceptos del capítulo sobre el poder judicial.

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Un informe no vinculante elaborado por el letrado de la Comisión de las Comunidades Autónomas del Senado aprecia al menos 11 artículos de "difícil encaje constitucional" en el Estatuto de Cataluña que fue aprobado el pasado 30 de marzo en el Congreso. El abogado cuestiona la definición de Cataluña como nación que aparece en el preámbulo del Estatuto, el "deber" de conocer la lengua catalana, la fórmula de blindaje competencial, el nuevo sistema de financiación, la asunción por parte de la Generalitat del régimen local o diversos preceptos del capítulo sobre el poder judicial.

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El Senado examinará, a partir del lunes, la reforma del Estatuto catalán que salió de la Cámara baja. Lo hará en la Comisión General de las Comunidades Autónomas que se reunirá por la mañana para designar a los miembros de la ponencia que en primera instancia debatirá el texto.

Ha sido concretamente el letrado de dicha Comisión General, Pablo García Mexía, el autor de un informe jurídico de 151 páginas sobre diversos aspectos legales de la reforma estatutaria. El documento evalúa, principalmente, la constitucionalidad del texto e incluye algunas consideraciones técnico-legislativas así como gramaticales. El informe, redactado de oficio, fue distribuido ayer a todos los grupos de la Cámara alta.

El letrado presenta objeciones a ocho apartados del Estatuto, que suman once artículos, los cuales por su relevancia afectan a la columna vertebral de la reforma. El abogado no se limita a evaluar la constitucionalidad o no del articulado, sino que introduce numerosas valoraciones políticas, opina sobre lo que hubiera supuesto la introducción de propuestas que no figuran en el texto, compara el Estatuto catalán con la reforma del valenciano o advierte del riesgo de extender al resto de las comunidades autónomas algunas competencias o principios como el de la bilateralidad. El letrado se extiende incluso en discutir argumentaciones sobre el proyecto estatutario expresadas por diversos juristas que han trabajado en la redacción del texto como el director del Instituto de Estudios Autonómicos, Carles Viver Pi-Sunyer, que fue también vicepresidente del Tribunal Constitucional.

El dictamen del jurista admite que si bien el preámbulo del Estatuto, como el del resto de las leyes, carece de valor normativo, sí tiene "valor interpretativo". Por tanto, en su opinión, la definición de Cataluña como nación, ni siquiera de forma indirecta como aparece en el preámbulo de acuerdo a lo aprobado por el Parlamento catalán, tendría encaje constitucional. El letrado señala que la Constitución limita la denominación de nación al "pueblo del Estado en su conjunto". Tampoco admite la definición de nacionalidad para Cataluña pues la ley fundamental no especifica qué comunidades son regiones o nacionalidades.

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El informe avala la carta de deberes y derechos. En cambio, rechaza la creación de un Consejo de Garantías Estatutarias que vele por el respeto de estos derechos, pues ello supondría un perjuicio para el resto de españoles que sólo pueden ampararse en la vía judicial.

García Mexía discute también la fórmula del "blindaje competencial" para delimitar por materias y submaterias las que competen a la Generalitat. En su opinión, supone invadir las funciones del legislador estatal "una LOAPA al revés" e "interpretar la Constitución" lo que, afirma, sólo puede hacer el tribunal. Asimismo, discute que el Gobierno catalán pueda presidir, alternativamente con el central, las comisiones mixtas Estado-Generalitat.

Respecto al régimen local, el letrado expresa sus dudas sobre la pertinencia de la administración local a la Generalitat pues, argumenta, depende del Estado. El letrado cuestiona que los mecanismos de nivelación y solidaridad de la financiación de las distintas autonomías estén sujetas a su "esfuerzo fiscal", un concepto que al letrado le parece "indeterminado jurídicamente" y de aplicación "discrecional".

García Mexía respalda el deber de conocer el catalán pero rechaza que los documentos escritos en esta lengua tengan validez jurídica en organismos del Estado. También rechaza que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sea el competente en la "unificación de la interpretación del derecho de Cataluña" o que la Generalitat pueda fijar las plantas judiciales.

Carod Rovira, en su comparecencia de ayer en el Parlamento catalán.EFE

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