El Estado no asumirá a partir de 2006 el déficit de comunidades y ayuntamientos

La nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria relaja la exigencia de cuentas equilibradas

Los compromisos que adquieran comunidades autónomas y ayuntamientos con sus ciudadanos y que les generen déficit público serán responsabilidad exclusiva de estas administraciones a partir de 2006. La nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria, que el Gobierno presenta mañana a las comunidades, exonera a la Administración central de prestarles ayuda en momentos de dificultad. Es una de las novedades de este texto, que relaja la obligación de mantener el déficit cero año tras año. Ahora se podrá saltar esta norma cuando la coyuntura económica resulte adversa.

El requisito de presentar cuenta...

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Los compromisos que adquieran comunidades autónomas y ayuntamientos con sus ciudadanos y que les generen déficit público serán responsabilidad exclusiva de estas administraciones a partir de 2006. La nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria, que el Gobierno presenta mañana a las comunidades, exonera a la Administración central de prestarles ayuda en momentos de dificultad. Es una de las novedades de este texto, que relaja la obligación de mantener el déficit cero año tras año. Ahora se podrá saltar esta norma cuando la coyuntura económica resulte adversa.

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El requisito de presentar cuentas públicas escrupulosamente saneadas, consagrado por el anterior Gobierno del Partido Popular, quedará matizado con la nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria. El Ministerio de Economía ha modificado esta norma para relajar ese cumplimiento estricto del déficit cero año a año y sustituirlo por una obligación a lo largo del ciclo económico.

El borrador final, al que ha tenido acceso este periódico, ha sido pactado con los socios parlamentarios del Ejecutivo (Izquierda Verde y Esquerra Republicana de Catalunya) e incluye algunas novedades respecto a lo inicialmente anunciado. El ministro de Economía, Pedro Solbes, lo presentará mañana a las comunidades en el Consejo de Política Fiscal y Financiera. Éstos son los aspectos más destacables:

- Menos responsabilidad. Quizá el aspecto más taxativo de la nueva redacción consiste en desvincular los problemas financieros de comunidades y ayuntamientos de la responsabilidad de la Administración central. "El Estado no asumirá ni responderá de los compromisos de las comunidades autónomas y de los entes vinculados o dependientes de ellas", sentencia la ley. En otras palabras, las administraciones territoriales no podrán recurrir al ministro de turno para reclamar más recursos que enjuguen los déficit en los que hayan podido incurrir. Corresponderá a ellas en exclusiva reconducir su situación.

Esta disposición tiene especial relevancia en un momento en que muchas comunidades reclaman al Estado más recursos para hacer frente a sus gastos, principalmente el sanitario. No obstante, la nueva ley no entrará en vigor antes de 2006, con efecto en las cuentas del año siguiente, por lo que antes puede producirse un último gesto en esa línea de ceder recursos.

- Advertencia sobre el déficit. El texto recoge el espíritu de que es mejor prevenir el déficit que tener que sanearlo. Por esta razón, se introduce un nuevo mecanismo, denominado advertencia, por el cual si el Gobierno detecta riesgo de desviación en las cuentas podrá avisar a la Administración correspondiente e instarla a que reconduzca su situación. Se trata de un instrumento similar al mecanismo de alerta temprana establecido en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que obliga a todos los países de la Unión Europea a mantener sus cuentas a raya.

- Umbrales de crecimiento. Todas las administraciones habrán de registrar equilibrio o superávit en épocas de bonanza y sólo podrán permitirse algo de déficit en caso de crecimiento renqueante. Los umbrales que determinan esas obligaciones se fijarán para un periodo de tres años y podrán revisarse en caso de cambios en la coyuntura económica. De momento, la ley fija ya en una disposición transitoria el escenario para los tres años siguientes a su entrada en vigor. Crecer por encima del 3% obligará a registrar superávit; entre el 2% y el 3% se establece el equilibrio presupuestario y por debajo del 2% se autorizará un déficit del 1% del PIB.

Ese 1%, sin embargo, tiene límites, pues habrán de repartírselo todas las administraciones en situación crítica. El reparto resulta mucho más beneficioso para las comunidades, a las que les corresponde un 0,75%, que para el Estado (0,2%) y que para los ayuntamientos (0,5%).

Adicionalmente, las administraciones podrán generar otro 0,25% de déficit para financiar proyectos de inversión "en programas destinados a atender actuaciones productivas". Esta inversión exigirá dos requisitos: el visto bueno del Gobierno y una financiación de al menos el 30% del proyecto con ahorro de la Administración que la vaya a acometer. Esta condición persigue que comunidades y ayuntamientos no se endeuden excesivamente para acometer nuevos proyectos.

Como ocurría hasta ahora, las administraciones aquejadas de desequilibrios deberán presentar planes de saneamiento para tres años, con la salvedad de que algunas comunidades y entidades locales podrán interrumpirlos si atraviesan dificultades.

- Más trabas para endeudarse. La nueva ley establece un mayor celo sobre la autorización que otorga el Estado a comunidades y ayuntamientos para que emitan deuda. La ley subraya que, si se incumplen los objetivos de estabilidad presupuestaria, "todas las operaciones de endeudamiento precisarán de autorización del Estado". Incluso se prevé la creación de una central de información, de carácter público y a cargo del Ministerio de Economía, que proporcione detalles sobre operaciones de crédito, emisión de deuda u otras similares.

- Seguridad Social separada. Una de las principales críticas a la política de déficit del PP radicaba en que el Gobierno presentaba los datos de la Administración central sumados a los de la Seguridad Social. La excelente salud de esta última enmascaraba el déficit que siempre registra la Administración central y embellecía un resultado que contrastaba con el habitual déficit de comunidades y ayuntamientos.

Con la nueva ley, la Seguridad Social no hará media con ninguna Administración, sino que se presentará por separado y cada Administración estará obligada a enjugar su propio déficit, incluida la central. Ésta tendrá que adaptarse sin privilegios a la nueva situación, pues en principio la ley fijaba un periodo transitorio de tres años para que el Estado eliminara su déficit, pero en la redacción final esa prebenda ha quedado suprimida.

- Más datos. La ley detalla el volumen de información que han de presentar las comunidades y los ayuntamientos, menos sistemáticos de lo que lo es la Administración central a la hora de ofrecer sus datos presupuestarios.

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