Diputaciones y Gobierno analizan cómo sustituir la norma de Sociedades anulada

Los diputados generales afirman que se "garantizará la estabilidad del sistema tributario"

Los responsables de Hacienda de las diputaciones y del Gobierno intensificaron ayer los contactos para buscar una fórmula urgente que resuelva el vacío legal abierto por la sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado diez artículos del Impuesto de Sociedades al considerar que las ventajas fiscales que ofrecía a las empresas (entre ellas un tipo medio del 32,5%, frente al 35% del Estado) suponen "ayudas de Estado" según la legislación europea. En este sentido se expresaron los tres diputados generales (del PNV los de Vizcaya y Guipúzcoa y del PP el alavés) al anunciar, en un comunicado conjun...

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Los responsables de Hacienda de las diputaciones y del Gobierno intensificaron ayer los contactos para buscar una fórmula urgente que resuelva el vacío legal abierto por la sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado diez artículos del Impuesto de Sociedades al considerar que las ventajas fiscales que ofrecía a las empresas (entre ellas un tipo medio del 32,5%, frente al 35% del Estado) suponen "ayudas de Estado" según la legislación europea. En este sentido se expresaron los tres diputados generales (del PNV los de Vizcaya y Guipúzcoa y del PP el alavés) al anunciar, en un comunicado conjunto, a las empresas afectadas por la resolución que "arbitrarán los medios oportunos para garantizar la estabilidad del sistema tributario".

Aunque la sentencia del Supremo no tiene efectos sobre los ejercicios anteriores al actual, según interpretan las haciendas forales, su aplicación causa importantes dificultades de gestión a las empresas que no cierran el devengo del impuesto a 31 de diciembre y a la Administración tributaria.

El problema principal, sin embargo, es político ya que el fallo, pese a reconocer la capacidad que el Concierto da a las haciendas forales para establecer y regular su propio sistema tributario, limita en la práctica la posibilidad de instrumentar medidas fiscales apreciablemente diferentes a las aplicadas en el resto de España. Ante el recurso presentado por los empresarios riojanos, el Supremo estimó que una decena de artículos del Impuesto de Sociedades, que recogen incentivos ventajosos, pueden distorsionar la libre competencia y constituyen "ayudas de Estado" que debieron notificarse antes a Bruselas.

En su comunicado, los tres diputados generales reiteran su "total desacuerdo" con el fallo del Supremo por entender que "desvirtúa el Concierto Económico" y lo deja sin contenido en lo que se refiere al Impuesto de Sociedades. Ante "la gravedad de la situación creada", ha solicitado una reunión urgente con el Gobierno para "coordinar y decidir" las medidas que deban adoptarse. El Ejecutivo, a través de una nota oficial del Departamento de Hacienda, expresó su disposición a analizar conjuntamente con las diputaciones la redacción de una "nueva normativa" de dicho impuesto para superar el "vacío general" que crea la sentencia.

En el mismo comunicado, el Gobierno considera que el fallo cuestiona la naturaleza del Concierto al marcar unos límites que no están fijados en él y concluir que una regulación constituye un régiemen de ayudas de Estado por el hecho de que sea distinta de la normativa común. Por ello, en sintonía con enunciados del plan Ibarretxe, subraya la necesidad de articular un "sistema bilateral de garantías" entre Euskadi y el Estado para evitar que decisiones políticas o jurídicas "cercenen" el marco de autogobierno. No obstante, ningún acuerdo político con el Gobierno central podría impedir que una patronal, como ha sido el caso, una empresa o un contribuyente pudiera recurrir contra la aplicación de una norma tributaria concreta. Ni tampoco evita el control de la Comisión Europea y el Tribunal de Luxemburgo, que es lo que ha ocurrido con los incentivos fiscales a la inversión más controvertidos que existían en Euskadi, pese a que fueron derogados en 2002 mediante la paz fiscal firmada con la Administración central.

Posibles opciones

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Las diputaciones están también en contacto con la patronal Confebask para estudiar si cabe recurrir el fallo en amparo al Tribunal Constitucional. Fuentes jurídicas estiman que las posibilidades de que tal impugnación prospere son casi nulas, aunque las Cámaras de Comercio vascas anunciaron ayer que la presentarán. Dichas fuentes consideraron que la sentencia del Supremo es "muy estricta" al determinar qué grado de disparidad de la normativa foral respecto a la estatal puede ser o no admisible, pero añadieron que la resolucion está "sólidamente argumentada".

En la práctica, a las diputaciones les quedan tres opciones: adaptar la normativa del Impuesto de Sociedades a la existente en territorio común; rehacerla y notificar previamente a la Comisión Europea aquellos incentivos diferenciales que, según apunta la sentencia podrían constituir ayudas de Estado; redactar otra nueva que mantenga las ventajas ahora anuladas, pero aprobándola no por norma foral sino mediante ley del Parlamento vasco. En este caso, como sucede en Navarra, sólo podría ser recurrida al Constitucional por el Gobierno central, y no parece que fuera a hacerlo la supresión de los incentivos más polémicos en 2002.

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