Las sociedades públicas adjudican de forma irregular 103 millones en contratos

El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado la actividad de los 26 entes con mayor inversión

Las 26 sociedades públicas con mayor volumen de inversión adjudicaron en el año 2001 un total de 103 millones de euros en contratos sin el requisito previo y legal de darles publicidad, según el último informe de fiscalización de estos entes realizado por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. El Gobierno tiene un porcentaje de participación superior al 50% en todas las sociedades que han sido analizadas por el organismo auditor.

Estas 26 sociedades forman parte de las 59 entidades que constituyen el conglomerado de entes dependientes del Ejecutivo. El activo de estas entidades asciende...

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Las 26 sociedades públicas con mayor volumen de inversión adjudicaron en el año 2001 un total de 103 millones de euros en contratos sin el requisito previo y legal de darles publicidad, según el último informe de fiscalización de estos entes realizado por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. El Gobierno tiene un porcentaje de participación superior al 50% en todas las sociedades que han sido analizadas por el organismo auditor.

Estas 26 sociedades forman parte de las 59 entidades que constituyen el conglomerado de entes dependientes del Ejecutivo. El activo de estas entidades asciende a 1.452 millones de euros. Sus ingresos en 2001, año de la fiscalización, sumaron 559 millones y los gastos, 710 millones. El informe fiscaliza una por una las sociedades y en todas ellas descubre alguna irregularidad relacionada con la obligada publicidad que el sector público debe ofrecer a sus contrataciones para adquirir bienes o contratar personal para que puedan presentarse todas las empresas que lo estimen oportuno.

Todas las sociedades mercantiles participadas directa o indirectamente por la Administración "deberían sujetar sus compras de bienes y servicios" a la ley estatal de Contratos de las Administraciones Públicas, que regula las contrataciones y que se rige por los principios de publicidad y concurrencia, recalca el Tribunal en su informe.

Gas de Euskadi es la sociedad pública con mayor volumen de adjudicaciones sin publicidad. En concreto, el informe recoge 35 millones de euros adjudicados solicitando varias ofertas y sin ningún tipo de publicidad abierta a todos los interesados, incumpliendo la ley que regula los procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones. El siguiente de la lista es Irungo Industrialdea, ente dedicado a promover suelo para el asentamiento de empresas, que adjudicó otros siete millones mediante un procedimiento de solicitud limitada de ofertas, sin publicidad. Sprilur otorgó también siete millones de euros por el mismo procedimiento, al igual que los parques tecnológicos de Zamudio (5,3 millones) y Álava (4,6).

En sus alegaciones, las sociedades recurren a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que concluye que sobre el cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia no pueden darse soluciones concretas, siendo la empresa la que deberá decidir en cada caso sobre la forma más adecuada de aplicarlos, sin que para ello sea necesario acudir estrictamente a los dispuesto en la Ley de Contratos. "Lo cierto", replican las sociedades, "es que el principio de publicidad se puede entender cumplido cuando los potenciales destinatarios lleguen o puedan llegar razonablemente a tener un conocimiento de la existencia de tal contratación".

Directivos incompatibles

El Tribunal de Cuentas apunta también en su informe la irregularidad que cometen algunas sociedades públicas al compartir cargos directivos que se dedican a ellas a tiempo parcial. Estos directivos compartidos no vulneran la legislación laboral, pero sí la regulación de la comunidad autónoma sobre incompatibilidades de altos cargos y asimilados. El Tribunal recomienda una alternativa para resolver este conflicto. Por una parte, las funciones de dirección de algunas sociedades pueden ejercerse a través de la sociedad matriz y, por lo tanto, el Gobierno puede designar los cargos directivos para ellas. Por otra, puede regularse en la normativa sobre incompatibilidades el caso de los directivos compartidos en sociedades del mismo grupo, permitiéndoles simultanear las funciones con los requisitos que se determinen en su caso.

Siguiendo con los directivos, el informe de fiscalización critica que hay cargos de 13 sociedades que no tienen un contrato de de alta dirección, como es obligatorio, sino uno laboral ordinario.

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