Columna

¿Quién desafía a quién?

Me ha sorprendido sobremanera que la decisión del Gobierno de la Junta de Andalucía de aprobar un decreto por el que se incrementan determinadas pensiones no contributivas de manera prácticamente idéntica a como lo ha hecho en los últimos años, haya sido presentada de forma generalizada por los medios de comunicación como un desafío al Gobierno de la nación.

El Gobierno de la Junta de Andalucía no ha desafiado a nadie. Ha hecho lo que viene haciendo en los últimos años, esto es, ejercer una competencia propia de acuerdo con lo previsto en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía, t...

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Me ha sorprendido sobremanera que la decisión del Gobierno de la Junta de Andalucía de aprobar un decreto por el que se incrementan determinadas pensiones no contributivas de manera prácticamente idéntica a como lo ha hecho en los últimos años, haya sido presentada de forma generalizada por los medios de comunicación como un desafío al Gobierno de la nación.

El Gobierno de la Junta de Andalucía no ha desafiado a nadie. Ha hecho lo que viene haciendo en los últimos años, esto es, ejercer una competencia propia de acuerdo con lo previsto en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía, tal como reconoció el Tribunal Constitucional en sentencia de 2002 al resolver un conflicto de competencia trabado por el Gobierno de la nación.

Si se pone en cuestión la autoridad del árbitro, no se puede jugar el partido. Esto es lo que está en juego

Si hasta que el Tribunal Constitucional dictó su sentencia podía existir alguna duda acerca de la competencia de la comunidad autónoma de Andalucía para subir las pensiones no contributivas, a partir de ese momento ya no existe ninguna. Andalucía no invadió con los decretos dictados en los años anteriores en esta materia la competencia del Estado, como pretendía el Gobierno de la nación que declarara el Tribunal Constitucional, sino que ejerció una competencia propia. Si no la invadió entonces, malamente puede haberla invadido ahora, ya que la Constitución y el Estatuto de Autonomía siguen siendo los mismos.

No es, pues, el Gobierno de la Junta de Andalucía quien está desafiando al Gobierno de la nación. Son la mayoría parlamentaria y su Gobierno los que desafían a la Constitución, al Estatuto de Autonomía para Andalucía y al Tribunal Constitucional, al intentar impedir mediante ley que las comunidades autónomas puedan incrementar la cuantía de las pensiones no contributivas.

En el mundo del derecho se puede discutir casi todo, pero no todo. Hay algunas cosas que son indiscutibles. Y es la indiscutibilidad de esas pocas cosas lo que nos permite discutir civilizadamente todo lo demás. Entre esas cosas indiscutibles figuran las dos siguientes:

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1ª Que la Constitución y los Estatutos de Autonomía constituyen el llamado bloque de la constitucionalidad y que, justamente por ello, son normas que resultan indisponibles para el legislador ordinario, sea éste el legislador del Estado o el de la comunidad autónoma. La Constitución y los Estatutos de Autonomía solamente pueden ser modificados por los procedimientos de reforma en ellos previstos.

2ª Que la interpretación definitivamente vinculante de la Constitución y de los Estatutos la hace el Tribunal Constitucional. En todo tipo de procesos y, por tanto, también en aquellos mediante los cuales se resuelve un conflicto de competencia entre el Estado y una comunidad autónoma. Como dice el artículo 61.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, "la decisión del Tribunal Constitucional vinculará a todos los poderes públicos y tendrá plenos efectos frente a todos". (El artículo 61 está incluido en el Capítulo II, "De los conflictos entre el Estado y las Comunidades autónomas o de éstas entre sí").

Quiere decirse, pues, que a partir de 2002, una vez resuelto por el Tribunal Constitucional el conflicto de competencia trabado por el Gobierno de la nación contra el decreto sobre pensiones no contributivas dictado por el Gobierno de la Junta de Andalucía, quedó definida de manera definitivamente vinculante para todos los poderes públicos, incluido el legislador del Estado, la titularidad de la competencia autonómica en lo que al incremento de las pensiones no contributivas se refiere. Cuando una comunidad toma una decisión en este sentido no invade una competencia estatal, sino que ejerce una competencia propia. Esa es la interpretación de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía que hace el Tribunal Constitucional.

Esto no es discutible. Se podrá estar o no de acuerdo con esa decisión y se la podrá, en consecuencia, criticar o no, pero lo que no se puede es aprobar una ley que esté en contradicción con ella. No lo pueden hacer las Cortes Generales ni tampoco los Parlamentos de las comunidades autónomas. Esto, justamente, es lo que ha hecho la mayoría parlamentaria del PP a iniciativa del Gobierno al aprobar la ley que prohibe a las comunidades autónomas ejercer la competencia en materia de pensiones no contributivas.

Se trata de una ley que no solamente choca con la distribución de competencias establecida en la Constitución y los Estatutos de Autonomía, sino que lo hace después de que el Tribunal Constitucional haya hecho la interpretación de los mismos en un sentido inequívoco. Se trata, por tanto, de una ley vocacionalmente anticonstitucional, es decir, de una ley que ha sido aprobada a sabiendas de su anticonstitucionalidad.

Por eso no entiendo que se esté presentando la decisión del Gobierno de la Junta de Andalucía como un desafío al Estado. El Gobierno andaluz no está desafiando a nadie. Son el Gobierno de la nación y la mayoría parlamentaria que lo sostiene los que no sólo están desafiando, sino que están rompiendo literalmente las reglas de juego que presiden la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. Esas reglas figuran en el bloque de la constitucionalidad y, en caso de conflicto en su interpretación, son definidas de manera vinculante por el Tribunal Constitucional. Esto es lo que el Gobierno y la mayoría parlamentaria del PP no aceptan.

Insisto en que esto no es discutible. Si se pone en cuestión la autoridad del Tribunal Constitucional para resolver los conflictos de competencia entre el Estado y las comunidades autónomas, no hay manera de resolver de manera jurídicamente ordenada dichos conflictos. Si se pone en cuestión la autoridad del árbitro, no se puede jugar el partido. Esto es lo que está en juego. Que nadie se llame a engaño.

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