Menos peso para las sucursales de fuera

Las entidades de ahorro vascas deberán adaptar sus estatutos antes de julio, en asamblea extraordinaria, a la modificación legal aprobada ayer en el Parlamento. La principal novedad de la norma, que se adapta a la Ley Financiera estatal, aprobada a finales del pasado año por las Cortes Generales, es la fórmula que regula la participación en los órganos de gobierno de las cajas de las oficinas y empleados de fuera del territorio natural.

La vicelehendakari, Idoia Zenarruzabeitia, explicó el día de la aprobación del proyecto por el Consejo de Gobierno, que se ha adoptado la fórmul...

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Las entidades de ahorro vascas deberán adaptar sus estatutos antes de julio, en asamblea extraordinaria, a la modificación legal aprobada ayer en el Parlamento. La principal novedad de la norma, que se adapta a la Ley Financiera estatal, aprobada a finales del pasado año por las Cortes Generales, es la fórmula que regula la participación en los órganos de gobierno de las cajas de las oficinas y empleados de fuera del territorio natural.

La vicelehendakari, Idoia Zenarruzabeitia, explicó el día de la aprobación del proyecto por el Consejo de Gobierno, que se ha adoptado la fórmula catalana, que regula y limita esa presencia mediante un fórmula matemática que relaciona el número de oficinas con los depósitos y el número de habitantes y establece un porcentaje de participación. En el fondo, se trata de una lucha por el control político. Es precisamente este punto el más polémico y susceptible de ser recurrido.

La ley mantiene las horquillas del texto de 1991 respecto al número de consejeros y miembros de la asamblea. El Consejo de Administración de cada caja puede tener entre 11 y 17 miembros y la asamblea, entre 60 y 120. Establece que los 12 años de permanencia máxima para el presidente y los consejeros que permite la Ley Financiera se repartan en cuatro mandatos, con nombramiento irrevocable hasta que se agote el periodo. La norma se acoge a las indicaciones europeas de que las instituciones públicas no ocupen más de un 50% de los órganos de gobierno (hasta ahora era un 54%). Este 50% se reparte en un 20% para las entidades fundadoras y otros 30% para los ayuntamientos.

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