El Gobierno recurre la norma asturiana que impone la dedicación exclusiva a los médicos

El Principado acusa al Partido Popular de no querer "mejorar los servicios públicos"

El Gobierno recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión del Ejecutivo de Asturias, del PSOE, de imponer la exclusividad a los médicos que en el futuro entren a formar parte de la sanidad autonómica. El Gobierno, con apoyo de los colegios médicos, considera que la norma, sin precedentes en otras autonomías, se extralimita en sus competencias y viola el principio de igualdad al discriminar a los médicos de nueva incorporación frente a los que ya tienen plaza y no están obligados a exclusividad. La medida de Asturias, que apoya la Ejecutiva del PSOE, sentaba un precedente para otras aut...

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El Gobierno recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión del Ejecutivo de Asturias, del PSOE, de imponer la exclusividad a los médicos que en el futuro entren a formar parte de la sanidad autonómica. El Gobierno, con apoyo de los colegios médicos, considera que la norma, sin precedentes en otras autonomías, se extralimita en sus competencias y viola el principio de igualdad al discriminar a los médicos de nueva incorporación frente a los que ya tienen plaza y no están obligados a exclusividad. La medida de Asturias, que apoya la Ejecutiva del PSOE, sentaba un precedente para otras autonomías en un sistema público donde el 20% de los médicos ejercen también en la sanidad privada.

El Principado de Asturias asumió las competencias en materia sanitaria el 1 de enero de 2002. El presidente autonómico, el socialista Vicente Álvarez Areces, señala que, con su recurso, "el PP se alinea con los sectores que no quieren mejorar los servicios públicos". Para Álvarez Areces la medida autonómica pretende potenciar la sanidad pública, favorecer "la máxima calidad" en el servicio y ampliar consultas e intervenciones a las tardes para reducir las listas de espera.

La prohibición de ejercer simultáneamente la medicina pública y la privada figura en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Regionales de 2003, aprobada el 27 de diciembre por el Parlamento de la comunidad, en el que el PSOE tiene mayoría absoluta. La norma, que entró en vigor el 1 de enero, no tiene carácter retroactivo para los profesionales que ya forman parte del sistema público de salud, y que podrán seguir, en los casos en que así ocurra, compatibilizando ambas dedicaciones, pero será irreversible para aquellos que renuncien voluntariamente al ejercicio de la medicina privada y opten a cobrar o ya estén cobrando el plus de dedicación exclusiva y será de obligado cumplimiento, sin excepciones, para los facultativos que se incorporen a partir de ahora al servicio público de Salud.

La medida ha sido muy criticada por el Colegio de Médicos de Asturias, por el Sindicato Médico del Principado de Asturias (Simpa) y también por UGT por considerar que recorta la libertad de los profesionales y la de los usuarios. Estos colectivos profesionales y sindicales afirman que no están contra la dedicación exclusiva, sino contra su obligatoriedad. Para ellos la norma es única en España, por lo que su aplicación supondrá, aseguran, un trato discriminatorio para los médicos que ejercen en el Principado, que verán cercenadas sus posibilidades de desarrollo profesional. El Colegio de Médicos alega que la medida, al ser exclusiva de Asturias, será disuasoria para los mejores profesionales, que optarán por ejercer en otras comunidades.

Según Carmen Rodríguez Menéndez, presidenta del Colegio asturiano, que ha promovido la intervención del Gobierno central mediante recurso ante el Constitucional para "restablecer" lo que ha definido como "la libertad sanitaria", el Principado se extralimita en sus competencias al legislar sobre el complemento de exclusividad médica, toda vez, argumenta, que esta materia es responsabilidad del Estado, y alega que existe en ese sentido tanto legislación básica como jurisprudencia del Tribunal Constitucional que así lo determina. El colectivo médico se fundamenta en el artículo 149 que regula las competencias exclusivas del Estado.

La corporación colegial asevera que el complemento específico (plus salarial que perciben los profesionales que trabajan en régimen de exclusividad) es "inherente" al trabajador y no al puesto de trabajo, por lo que, en su opinión, "la exclusividad nunca puede ser obligatoria".

Por el contrario, la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado sostiene que la Constitución, en el artículo 149.3, establece que las competencias y materias no expresamente atribuidas al Estado corresponden a las comunidades autónomas, por lo que es facultad de éstas, asegura, regular todo cuanto no figure en la legislación básica del Estado. También recuerda un portavoz de este departamento que los complementos específicos (de exclusividad, destino, productividad, etcétera) no figuran entre los conceptos que se reconocen como retribuciones básicas, y sostiene que el complemento de dedicación exclusiva está vinculado al puesto de trabajo y no al trabajador.

De los 2.612 facultativos actuales del sistema público de salud asturiano, sólo 623 compatibilizan el ejercicio de la sanidad pública con consultas privadas. El resto optó voluntariamente por la percepción de un complemento de exclusividad, que supone un desembolso para el Principado de 8.100 euros anuales por cada médico.

Vicente Álvarez Areces, en el Parlamento asturiano, en 2001.PACO GARCÍA PAREDES

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