El Consejo Consultivo cree inconstitucional la exención del IAE

El Consejo Consultivo de la Generalitat considera inconstitucionales cuatro artículos de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, entre ellos el que establece las exenciones del pago del IAE a los ayuntamientos, por lo que recomienda la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional.

El dictamen de este órgano jurídico, que fue solicitado por las tres formaciones de izquierda (socialistas, Iniciativa per Catalunya y Esquerra Republicana), destaca como el aspecto más polémico el artículo que estipula que quedan exentos del pago del IAE tanto las personas físicas como las soci...

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El Consejo Consultivo de la Generalitat considera inconstitucionales cuatro artículos de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, entre ellos el que establece las exenciones del pago del IAE a los ayuntamientos, por lo que recomienda la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional.

El dictamen de este órgano jurídico, que fue solicitado por las tres formaciones de izquierda (socialistas, Iniciativa per Catalunya y Esquerra Republicana), destaca como el aspecto más polémico el artículo que estipula que quedan exentos del pago del IAE tanto las personas físicas como las sociedades y entidades "que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a un millón de euros".

Según el dictamen, esta nueva regulación "introduce una clara discriminación no justificada entre grupos o categorías que se encuentran en situación homogénea". "Entendemos", añade la resolución, "que no existe ninguna finalidad de interés general que pueda justificar la exención establecida, lo que comporta la vulneración del principio de igualdad, generalidad y capacidad económica" establecido en la Constitución.

El máximo órgano jurídico de la Generalitat se pronuncia, asimismo, en sentido análogo respecto a los artículos 41 y 43 de la citada ley, en los que se regula la participación de los municipios y de las provincias en los tributos del Estado y se diferencia entre municipios que son capitales o que tienen más de 75.000 habitantes y el resto. Según el dictamen, es la Generalitat la que tiene la competencia de regular la distribución del importe del citado tributo entre los consistorios.

Además de esta posible invasión de competencias, el organismo considera que la regulación que se hace en la ley "convierte a las comunidades autónomas en simples cajas de ingresos y de pagos, meras oficinas de distribución de recursos, sin ninguna capacidad de incidencia en su asignación".

Sobre el artículo 22, en el que se regula la gestión del impuesto de bienes inmuebles, el Consejo Consutivo concluye que "vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva".

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