Las peticiones de indemnización destapan 400 nuevos afectados por la estafa de Gescartera

La mayoría de los 1.800 reclamantes tiene problemas para acreditar su inversión

Un total de 1.800 clientes de Gescartera han reclamado ya indemnización al Fondo General de Garantía de Inversiones. Esta cifra es superior en casi 400, un 30% más, a las 1.383 reclamaciones presentadas ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Ninguno ha cobrado porque, en su mayoría, no acredita su inversión u omite una importante formalidad: no ha suscrito la declaración jurada por la que garantiza que no está incurso en las causas de exclusión del cobro y, al mismo tiempo, autoriza a recabar datos de terceros (juzgados, bancos, organismos públicos) para verificar la suma rec...

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Un total de 1.800 clientes de Gescartera han reclamado ya indemnización al Fondo General de Garantía de Inversiones. Esta cifra es superior en casi 400, un 30% más, a las 1.383 reclamaciones presentadas ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Ninguno ha cobrado porque, en su mayoría, no acredita su inversión u omite una importante formalidad: no ha suscrito la declaración jurada por la que garantiza que no está incurso en las causas de exclusión del cobro y, al mismo tiempo, autoriza a recabar datos de terceros (juzgados, bancos, organismos públicos) para verificar la suma reclamada.

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La gestora debe pagar a los inversores sólo cuando 'quede comprobado' su derecho a reclamar. Por tanto, la gestora ha de comprobar con terceros la documentación que aportan los clientes de Gescartera. Y aquí surge un serio escollo: 'En el caso de Gescartera hay unas diligencias en la Audiencia Nacional declaradas secretas, y es una sociedad en la que no hay nadie que nos pueda responder. Por eso, nos cuesta mucho determinar quién es el sujeto que nos puede proporcionar una comprobación de terceros', explican en la gestora. Hay más problema que complican la devolución de lo invertido, hasta un máximo de 20.000 euros.

- Documentación deficiente. 'La documentación que aportan los clientes de Gescartera es muy deficiente. No tienen contratos, o los contratos no están firmados. O los extractos no están actualizados, lo que genera la posibilidad de que ese dinero haya sido recuperado con anterioridad a la fecha de incumplimiento. Llamamos fecha de incumplimiento a octubre de 2001, aunque estaba intervenida desde junio, y no ha salido ningún pago'.

- Declaración omitida. Se trata del escollo definitivo. Gran parte de los reclamantes omiten la preceptiva declaración jurada donde deben asegurar que no están incursos en ninguna causa de exención del cobro y que autorizan a la gestora a pedir datos a terceros para verificar la legalidad y legitimidad de su reclamación. 'El formato de formulario que elegimos no era caprichoso. Porque tenemos la obligación legal de comprobar su inversión. Y el inversor tiene derecho a mantener como confidenciales ciertos datos. Pero para que nosotros podamos acceder a la información de terceros, sin incumplir el ordenamiento vigente y para que nos contesten, debemos tener una declaración del inversor autorizándonos a que hagamos las comprobaciones que estimemos oportunas'. Frases como 'autorizo a la gestora del fondo a efectuar cuantas comprobaciones estime oportunas para verificar el contenido de la presente reclamación' y 'me comprometo a entregar cuanta documentación adicional requiera' han debido inquietar a muchos inversores de Gescartera, que han optado, sin más, por no firmar la solicitud. Sería tanto como dar luz verde a la gestora para pedir datos a terceros -como juzgados, Hacienda, Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o bancos, por ejemplo- sobre la legitimidad de la reclamación solicitada y esto ha espantado a decenas de inversores.

- Intensa criba. Pero la criba de la gestora va más lejos. Debe evitar que cobren indemnización los inversores no incluidos en los anteriores capítulos (la constelación de empresas del grupo Gescartera) pero que 'sean responsables directa o indirectamente de la situación de deterioro patrimonial de la entidad o sean beneficiarios directos de actos de la empresa que hayan provocado dicho deterioro', y las personas que 'actúen por cuenta de cualesquiera de los inversores excluidos'. Y, por último, debe impedir que reciban indemnización los inversores que hubieran confiado fondos con quebrantamiento por su parte o de la sociedad de inversión de las medidas de prevención del blanqueo de capitales'.

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De hecho, la norma prohíbe resarcir a quien haya invertido en Gescartera en un paraíso fiscal. Así, si se demostrara que Euroinvestment, sociedad radicada en un paraíso fiscal, invirtió desde dicho lugar los 765.000 euros en Gescartera que demanda, su derecho al cobro se vería comprometido.

También deberá estudiar la gestora que atiende las reclamaciones de indemnización el papel que han desempeñado los párrocos reclamantes que afirman haber sufrido multimillonarias pérdidas.

En todo caso, si bien el plazo no tiene fin para presentar reclamaciones, si cada reclamente obtuviera el máximo de indemnización previsto -algo impensable, porque muchos invirtieron por debajo de ese tope de 20.000 euros-, el coste se elevaría a 36 millones de euros, menos de la mitad del agujero generado por los gestores de Gescartera.

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