Sanidad recoge la eutanasia pasiva en la ley de derechos del paciente

La futura ley de derechos sanitarios regulará también la doble opinión de diagnóstico

La Consejería de Sanidad elaborará en breve un registro en el que los valencianos podrán dejar constancia de cómo quieren ser atendidos en el caso de que sufran una enfermedad incurable, se encuentren en situación terminal y no tengan la capacidad de expresar su voluntad. Este documento, denominado testamento vital, aborda la eutanasia pasiva y es uno de los aspectos regula el anteproyecto de ley de Derechos e Información al Paciente que el Consell aprobó el viernes y que también aborda el derecho a una segunda opinión.

La ley permitirá, por ejemplo, desconectar a un paciente de un apar...

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La Consejería de Sanidad elaborará en breve un registro en el que los valencianos podrán dejar constancia de cómo quieren ser atendidos en el caso de que sufran una enfermedad incurable, se encuentren en situación terminal y no tengan la capacidad de expresar su voluntad. Este documento, denominado testamento vital, aborda la eutanasia pasiva y es uno de los aspectos regula el anteproyecto de ley de Derechos e Información al Paciente que el Consell aprobó el viernes y que también aborda el derecho a una segunda opinión.

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La ley permitirá, por ejemplo, desconectar a un paciente de un aparato de respiración artificial o interrumpir su alimentación intravenosa si se encuentra en una situación irrecuperable y ha dejado constancia, según los cauces que establece la ley, de que no quiere alargar su vida en el caso de que padezca una enfermedad incurable.

El objetivo del testamento vital, que la Generalitat catalana ya ha incorporado a su ordenamiento jurídico, es el de poder evitar el ensañamiento terapéutico de los enfermos y el sufrimiento de los familiares que hasta ahora venían decidiendo en estos casos. En general, las instrucciones de estos testamentos se aplican sobre una condición terminal, bajo un estado permanente de inconsciencia o sobre un daño cerebral irreversible que impide que la persona sea capaz de recuperar la capacidad para tomar decisiones y expresar sus deseos en el futuro.

La ley exige que el documento, que ser incorporará a la historia clínica del paciente, lo ha de redactar 'una persona mayor de edad, con capacidad suficiente y libremente'. Además, sólo se podrá formalizar a través de dos vías: ante notario o frente a tres testigos mayores de edad y con plena capacidad de obrar 'sin relación de parentesco hasta el segundo grado ni vinculación patrimonial con el otorgante'. El texto añade una última condición: no se aceptarán voluntades anticipadas que choquen contra el ordenamiento jurídico o la 'buena práctica clínica'

De esta forma queda excluída la eutanasia activa, es decir, la acción de quitar la vida de manera artificial a un paciente que no moriría por medios naturales. La eutanasia pasiva, por contra, es dejar hacer a la naturaleza lo que la medicina no puede remediar.

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La ley aborda también el derecho 'previo a una adecuada información' que tienen los pacientes a 'decidir libremente entre las opciones clínicas que le presente el médico'. Otro de los aspectos que trata es el derecho a recabar una segunda opinión respecto a su diagnóstico o tratamiento 'cuando las circunstancias de su enfermedad le exijan tomar una decisión difícil'. El texto no va mucho más lejos y establece que el posterior desarrollo de este derecho 'será regulado de acuerdo a lo que se establezca normativamente'.

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