Los puntos de acuerdo incluyen mejoras fiscales para Euskadi

La ruptura de las negociaciones sobre la nueva financiación vasca ha impedido que se apliquen una serie de mejoras pactadas entre los dos Ejecutivos. Son las que siguen:

- Vigencia. A diferencia del anterior acuerdo, las dos partes han acordado la vigencia indefinida del nuevo Concierto Económico Vasco.

- Mayor capacidad fiscal. Ampliación de las competencias del País Vasco en capacidad normativa sobre materia tributaria, 'fundamentalmente en materia de no residentes'. Se atribuye la recaudación del Impuesto sobre el Patrimonio a la Administración vasca cuando el no residente t...

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La ruptura de las negociaciones sobre la nueva financiación vasca ha impedido que se apliquen una serie de mejoras pactadas entre los dos Ejecutivos. Son las que siguen:

- Vigencia. A diferencia del anterior acuerdo, las dos partes han acordado la vigencia indefinida del nuevo Concierto Económico Vasco.

- Mayor capacidad fiscal. Ampliación de las competencias del País Vasco en capacidad normativa sobre materia tributaria, 'fundamentalmente en materia de no residentes'. Se atribuye la recaudación del Impuesto sobre el Patrimonio a la Administración vasca cuando el no residente tenga la mayor parte de sus bienes en Euskadi. Respecto al IRPF, se permite al residente que, a efectos de la compensación, se le pueda aplicar la normativa vasca cuando de las rentas obtenidas en España la mayoría lo sean en Euskadi (antes regía la normativa estatal en todos los casos).

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Se le atribuye a Euskadi la recaudación del IVA que grava las ventas a distancia y la capacidad normativa para incrementar hasta en un 10% los tipos del impuesto especial de matriculación de determinados medios de transporte.

- Colaboración. Las dos administraciones acordaron, antes de la ruptura, establecer un procedimiento amistoso para determinar en qué momento se ha producido un cambio de domicilio del contribuyente.

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- Capacidad financiera. El cupo -cantidad que Euskadi ingresa y paga a la Administración central por servicios no transferidos- se establece a partir de una 'actualización moderada del vigente e incluye la financiación de la sanidad, de los servicios sociales y del resto de servicios'. 'Se consolida definitivamente en el Cupo la financiación por el Estado de la Policía Autonómica del País Vasco en sus niveles actuales'.

- Participación en la UE. 'La Administración central', según las explicaciones del Ministerio de Hacienda, ha ofrecido 'potenciar la colaboración eficaz de las instituciones vascas en las materias comunitarias, cuando afecten al interés directo de dichas instituciones y se encuentren entre las competencias comprendidas en el Concierto'. El Gobierno vasco exige participación directa en los Consejos de Ministros que diriman cuestiones fiscales sobre las que Euskadi tiene competencias.

El Ejecutivo central sostiene que la prórroga por un año del Concierto, firmado en 1981 con un periodo de vigencia que concluyó el pasado 31 de diciembre, pretende evitar las consecuencias de un vacío legal. 'La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para el País Vasco garantizan la existencia de un régimen de Concierto como rasgo esencial de la foralidad. En este sentido, la existencia y continuidad del Concierto constituyen la expresión material de la misma, y es una exigencia para las instituciones del Estado', explica el Gobierno central.

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