El TSJ confirma la sanción de un millón de pesetas por un depósito ilegal de residuos en L'Olleria

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ9 valenciano ha confirmado una sanción impuesta por la Consejería de Medio Ambiente el 3 de febrero de 1998 de un millón de pesetas por una falta grave derivada del depósito en una parcela de La Freira, en L'Olleria, de residuos tóxicos. El denunciado acumuló en el lugar 40 bidones metálicos de 200 litros cada uno con lacas y resinas, 15 bidones de plástico de 25 litros cada uno en los que previamente había almacenado colas y resinas, 3.000 kilos de plásticos en forma de recipientes y envases vacíos que anteriormente habían contenido lejías y detergentes, ...

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ9 valenciano ha confirmado una sanción impuesta por la Consejería de Medio Ambiente el 3 de febrero de 1998 de un millón de pesetas por una falta grave derivada del depósito en una parcela de La Freira, en L'Olleria, de residuos tóxicos. El denunciado acumuló en el lugar 40 bidones metálicos de 200 litros cada uno con lacas y resinas, 15 bidones de plástico de 25 litros cada uno en los que previamente había almacenado colas y resinas, 3.000 kilos de plásticos en forma de recipientes y envases vacíos que anteriormente habían contenido lejías y detergentes, un vehículo desguazado y palets de madera. A la multa impuesta por Medio Ambiente presentó Vicente Fernando P. G. recurso argumentando que los envases depositados se encontraban vacíos y que esa circunstancia impedía la consideración del material como de residuos tóxicos. Además, expuso en el recurso que la acumulación de los recipientes no era en forma de depósito sino de almacenaje, ya que su objetivo era que hubiese los suficientes como para llevarlos a reciclar y al vertedero controlado de la empresa Girsa.

El TSJ ha entendido, según consta en la sentencia, 'que es correcta la decisión administrativa puesto que la circunstancia de que los bidones estuvieran vacíos no hace que los mismos dejen de ser considerados como residuos tóxicos'. El tribunal ha considerado que no existió mala fe por parte de Vicente Fernando P. G. y por ello coincide en calificar la falta de grave y no de muy grave. Estas razones han llevado al TSJ a desestimar el recurso y confirmar así la sanción que impuso en su día Medio Ambiente.

Por otra parte, la vista oral que ayer debía celebrarse en la Audiencia de Valencia contra el gerente de una empresa de mármoles y el propietario de unos terrenos por aterrar residuos tóxicos en una parcela del marjal de la comarca de La Safor se suspendió hasta el día 12 de noviembre. La razón del aplazamiento fue la petición del abogado de la defensa de un informe del Ayuntamiento de Gandia sobre las distintas ordenanzas que estipulan el uso de los terrenos objeto del pleito. Según consta en la calificación, la superficie en la que se produjo el aterramiento está considerada como espacio natural protegido por el valor de su flora y fauna. El propietario cubrió la finca protegida, según el fiscal, con residuos tóxicos procedentes de la empresa de mármol. El resultado fue de grave alteración en las aguas subterráneas y de peligro para el ecosistema protegido por su gran interés científico y biológico.

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