La Eurocámara aprueba la norma que prohíbe el término 'light' para el tabaco

El Parlamento Europeo aprobó ayer de forma definitiva la directiva sobre fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco. Esta norma, que reduce los límites máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono y prohíbe los términos light y suave, también va a suponer en el futuro, a partir de 2004, la obligación de que las tabacaleras especifiquen qué aditivos utilizan.

Para entonces, la Comisión Europea deberá haber elaborado una lista de los productos autorizados, y cada Estado miembro deberá recibir información detallada anual de los productos utilizados,...

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El Parlamento Europeo aprobó ayer de forma definitiva la directiva sobre fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco. Esta norma, que reduce los límites máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono y prohíbe los términos light y suave, también va a suponer en el futuro, a partir de 2004, la obligación de que las tabacaleras especifiquen qué aditivos utilizan.

Para entonces, la Comisión Europea deberá haber elaborado una lista de los productos autorizados, y cada Estado miembro deberá recibir información detallada anual de los productos utilizados, una información que la industria se resiste a ofrecer.

Uno de los elementos fundamentales de esta nueva directiva, que entrará en vigor dentro de dos años, es la reducción de niveles de nicotina (1 miligramo por cigarrillo), de alquitrán (de 12 a 10 miligramos) y de monóxido de carbono (10 miligramos). Los paquetes deberán llevar entonces serias advertencias sobre el riesgo sanitario del tabaco. En la cara anterior llevarán alternativamente las leyendas Fumar mata, Fumar puede matar o Fumar daña gravemente su salud y la de las personas que están a su alrededor. El Parlamento y el Consejo de la UE han acordado que tales leyendas ocupen el 30% de la parte delantera, que será algo mayor (32% y 35%) si se utilizan dos o tres lenguas.

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En la parte trasera de las cajetillas habrá advertencias más precisas, por ejemplo, sobre el riesgo de contraer cáncer de pulmón, y a un tamaño superior, el 40% de la superficie (hasta la mitad si se usan tres lenguas). Estas disposiciones proceden del Parlamento, que ha defendido los tamaños más llamativos para prevenir al consumidor.

Terminología

Los reclamos suave, ligh o bajo en nicotina quedan prohibidos. Los ministros de Sanidad consiguieron en este terreno imponer su criterio, desautorizando incluso a las marcas que han incorporado tales términos al nombre del producto, como es el caso de Marlboro Lights y Camel Lights. Tendrán, no obstante, hasta 2004 para cambiar. También dispondrán de un mayor periodo transitorio (hasta 2007) los productos de tabaco destinados a la exportación, de manera que se usen los mismos estándares que se han fijado ahora para el consumo interno.

En el camino ha quedado la propuesta del Parlamento de ilustrar con fotos disuasorias los paquetes de tabaco. La CE consideró que esta obligatoriedad podría chocar con las normas de mercado interior. Otra importante directiva sobre la publicidad del tabaco fue anulada el pasado año por el Tribunal Europeo de Justicia, por considerar improcedente incluir en las restricciones la publicidad del tabaco en ceniceros u otros soportes. Para evitar que un aspecto secundario eche por tierra el proyecto entero, la directiva deja abierta la puerta a que cada cual decida si quiere usar fotos o no.

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