Bruselas lleva a España al Tribunal de Luxemburgo por el IVA reducido del butano

La bajada del IVA (impuesto sobre el valor añadido), del 16% al 7%, en la venta de la bombona de butano fue una de las medidas adoptadas por el Gobierno español para frenar el alza de los precios en octubre de 1999. La Comisión ya advirtió en su momento de que la medida podía ser ilegal, pero el Ejecutivo español ha hecho caso omiso hasta ahora. Ayer, Bruselas precisó que, en efecto, España contraviene la sexta directiva sobre el IVA, según la cual puede aplicarse una reducción de ese impuesto a determinados productos como el gas natural, pero no al gas extraído del petróleo, como es el caso d...

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La bajada del IVA (impuesto sobre el valor añadido), del 16% al 7%, en la venta de la bombona de butano fue una de las medidas adoptadas por el Gobierno español para frenar el alza de los precios en octubre de 1999. La Comisión ya advirtió en su momento de que la medida podía ser ilegal, pero el Ejecutivo español ha hecho caso omiso hasta ahora. Ayer, Bruselas precisó que, en efecto, España contraviene la sexta directiva sobre el IVA, según la cual puede aplicarse una reducción de ese impuesto a determinados productos como el gas natural, pero no al gas extraído del petróleo, como es el caso del gas butano.

Es más, la Comisión señala que el Gobierno español no aplica esa reducción permitida para el gas natural, pese a que la legislación comunitaria lo autoriza. La única condición impuesta es que no origine distorsiones en la competencia. En el caso de que lo aplique donde no está permitido hacerlo, 'lo que puede derivar en la creación de distorsiones en la competencia prohibidas' por la normativa europea.

También las motos

Por idénticas razones técnicas, y dentro del mismo procedimiento, el Ejecutivo comunitario considera ilegal que España aplique un IVA reducido a la compra de vehículos de dos o tres ruedas con una cilindrada inferior a los 50 centímetros cúbicos, es decir, a los ciclomotores.

De otro lado, Bruselas ha enviado un 'aviso motivado' a España porque aún no ha notificado las medidas legales que debe poner en marcha para permitir el libre establecimiento de los abogados europeos en cualquier país de la UE. El plazo para que los países de la Unión aplicaran sus normas al respecto concluyó en marzo del año pasado.

El retraso español en la comunicación de esas medidas constituye 'una barrera potencial' al derecho de los abogados a establecerse en el país que deseen, asegura la Comisión. El mismo aviso motivado ha sido remitido también a Bélgica, Irlanda, Francia, Luxemburgo, Italia, Portugal y Holanda.

El 'aviso motivado' es la segunda fase en los procedimientos de infracción que abre la Comisión Europea. Posteriormente, y si no recibe una respuesta adecuada, el Ejecutivo europeo puede enviar el expediente al Tribunal europeo de Justicia. Es lo que hizo ayer también por considerar que España incumple sus compromisos a la hora de informar de sus planes para eliminar unas sustancias químicas altamente tóxicas llamadas policlorobifelinos (PCB), presentes en los transformadores y condensadores, lubrificantes, adhesivos, plastificantes, sellantes o tintas.

Exigencias incumplidas

Los países de la UE debían haber comunicado a Bruselas antes de septiembre de 1999 sus planes para descontaminar o eliminar los aparatos que contuvieran esos elementos tóxicos. En julio de 2000, la Comisión envió un 'aviso motivado' al Gobierno español, que se limitó a transmitir 'el borrador de un plan', por lo que incumplió las exigencias comunitarias.

Pero España no es el único país que incumple la normativa comunitaria. En similar situación, con respecto a los policlorobifelinos, se encuentran otros ocho países de la Unión Europea.

La comisaria de Medio Ambiente, Margot Walström, calificó de 'decepcionante' la actitud de los Gobiernos afectados. Considera que el problema es muy grave porque puede afectar a la salud humana, ya que esos elementos tóxicos son absorbidos y acumulados en los tejidos vivos.

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