Editorial:

Justicia civil

EL GOBIERNO, especialmente su ministra de Justicia, sufrió ayer una grave derrota parlamentaria en uno de los proyectos en los que más tercamente se había empecinado. El Congreso aprobó una nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, en sustitución de la que ha estado vigente en sus líneas generales desde 1881, pero rechazó la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, que era indispensable para la aplicación de una parte sustancial del nuevo texto legal.La aprobación de un nuevo proceso civil en España, verdadero hito en la historia judicial española y medida imprescindible para acabar con...

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EL GOBIERNO, especialmente su ministra de Justicia, sufrió ayer una grave derrota parlamentaria en uno de los proyectos en los que más tercamente se había empecinado. El Congreso aprobó una nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, en sustitución de la que ha estado vigente en sus líneas generales desde 1881, pero rechazó la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, que era indispensable para la aplicación de una parte sustancial del nuevo texto legal.La aprobación de un nuevo proceso civil en España, verdadero hito en la historia judicial española y medida imprescindible para acabar con el atasco en los juzgados, ha quedado, pues, parcialmente vacía de contenido. Es de esperar que el Ejecutivo ponga rápidamente los medios para lograr un consenso que evite este contrasentido, sin el sectarismo que ha aplicado hasta ahora, y que le ha llevado a este humillante revolcón parlamentario.

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El debate sobre la nueva ley ha sido largo y controvertido. En él han participado no sólo los grupos políticos, sino todos los sectores sociales y profesionales afectados, desde jueces y abogados hasta asociaciones empresariales y de consumidores. Todos han coincidido en la necesidad de reformar la centenaria ley. Pero el debate no ha sido doctrinal y políticamente pacífico. En más de una ocasión, las divergencias y los puntos de vista encontrados han aflorado con encono. En algunos casos, esas divergencias han podido diluirse en las enmiendas incorporadas al proyecto, pero a riesgo de introducir en la nueva ley bastantes puntos de incoherencia. En otros casos, esas divergencias continúan, con el comprensible enfado de los grupos afectados. La ley debe satisfacer los derechos del ciudadano litigante, fundamentalmente el de una tutela judicial efectiva, que son, con mucho, los más importantes.

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Una ley que reduce los procedimientos civiles (había hasta 60 especiales), introduce un proceso monitorio (verbal) para la sustanciación rápida de las reclamaciones de cuantía menor a los cinco millones de pesetas, refuerza el principio de inmediación judicial en el proceso y agiliza y mejora el régimen de ejecución de las sentencias, entre otros aspectos, merecía un mejor acompañamiento para dar un paso fundamental para una justicia eficiente en España. Ha de entrar en vigor cuanto antes, y en su totalidad, pero para ello, Mariscal de Gante y su equipo deben convencer, ya que no han podido vencer.

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