Vizcaya critica un fallo contra el perdón de deudas fiscales

El diputado vizcaíno de Hacienda, Fernando Olmos, criticó ayer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que ha anulado una norma de 1996 de las Juntas Generales de Vizcaya sobre la condonación de deudas. En una comparecencia ante la Comisión de Hacienda de las Juntas Generales (Parlamento provincial), Olmos dijo que el Tribunal Superior razona su fallo argumentado que las Juntas Generales no tienen capacidad para condonar deudas porque para ello se requiere una ley y las Cámaras forales únicamente dictan normas."La condonación de deudas sólo puede verificarse en virtud de ...

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El diputado vizcaíno de Hacienda, Fernando Olmos, criticó ayer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que ha anulado una norma de 1996 de las Juntas Generales de Vizcaya sobre la condonación de deudas. En una comparecencia ante la Comisión de Hacienda de las Juntas Generales (Parlamento provincial), Olmos dijo que el Tribunal Superior razona su fallo argumentado que las Juntas Generales no tienen capacidad para condonar deudas porque para ello se requiere una ley y las Cámaras forales únicamente dictan normas."La condonación de deudas sólo puede verificarse en virtud de la ley y en la cuantía y requisitos que en la misma se determinan. El precepto impugnado al prescindir del principio de reserva de ley como manifestación de legalidad, principio esencial en todo Estado de derecho que se apoye en el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular, resulta contrario a derecho y, por ello, afectado de radical nulidad", dice la sentencia.

Fernando Olmos destacó que esta sentencia, notificada el pasado 12 de febrero, "busca vaciar de contenido y de capacidad de decisión" las Juntas. Olmos también lamentó que los jueces se hayan basado en el Concierto Económico anterior a la reforma de agosto de 1997.

Por otro lado, el viceconsejero de Agricultura, Jon Arruti, se mostró satisfecho por la sentencia en la que el Tribunal Constitucional desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto en 1990 por el Estado contra varios artículos de la Ley del Parlamento vasco de Cámaras Agrarias, de junio del mismo año.

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