La nueva ley procesal civil facilitará la persecución de los morosos y agilizará los juicios y divorcios

El Gobierno envía al Congreso el proyecto para desatascar cientos de miles de casos pendientes

La jurisdicción civil presentaba en 1996 un atasco de casi 800.000 asuntos pendientes. Para acabar con esta situación y hacer más ágiles y efectivos juicios como los de divorcio o desahucio que afectan a miles de ciudadanos, el Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de Ley de Enjuiciamiento Civil, que sustituye a una ley de 1881. Según la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, el texto simplificará los procedimientos civiles, facilitará la persecución de los morosos y permitirá cambiar la imagen que los ciudadanos tienen de la justicia, "lenta, compleja e ineficaz".Que los mo...

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La jurisdicción civil presentaba en 1996 un atasco de casi 800.000 asuntos pendientes. Para acabar con esta situación y hacer más ágiles y efectivos juicios como los de divorcio o desahucio que afectan a miles de ciudadanos, el Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de Ley de Enjuiciamiento Civil, que sustituye a una ley de 1881. Según la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, el texto simplificará los procedimientos civiles, facilitará la persecución de los morosos y permitirá cambiar la imagen que los ciudadanos tienen de la justicia, "lenta, compleja e ineficaz".Que los morosos paguen sus deudas es uno de los objetivos del proyecto de ley del Gobierno. Por eso un inquilino que no paga a su casero pero se niega a abandonar el piso de éste, por ejemplo, podrá con la nueva ley en la mano ser obligado por el juez a declarar todos sus bienes y se enfrentará a una sanción por "desobediencia grave" si no cumple o la hace de forma incompleta. Esa sanción se traduce en multas periódicas que pueden ser extendidas a aquellas entidades financieras o de cualquier otro tipo a las que el tribunal se dirija para obtener la misma información.

Pero además, ese mismo casero del ejemplo podrá cobrar su deuda en cuanto se pronuncie el tribunal de primera instancia y no tendrá que esperar, como ahora, a que se resuelvan todos los recursos, ya que estas sentencias podrán ejecutarse provisionalmente. Incluso la venta de esos bienes para que los acreedores cobren su deuda podrá realizarse a través de cualquier medio y no sólo a través de la subasta pública actual. Las entidades privadas especializadas entrarán en este mercado con el único requisito de que el acreedor acepte el procedimiento de venta, lo proponga él mismo o el deudor.

Comunidades de vecinos

Pero dentro de los morosos, aquellos vecinos que no pagan sus gastos de comunidad tendrán incluso más difícil escapar de sus deudas. La nueva ley tiene para ellos consecuencias específicas porque otorga validez jurídica a las certificaciones de la junta de propietarios, evitando el juicio ordinario que se exigía hasta ahora para este trámite. De esta forma el vecino que no ha pagado al portero de su inmueble durante meses podrá ser llevado a juicio con sólo presentar un certificado de sus impagos avalado por la comunidad de propietarios.La agilidad es otro de los objetivos del nuevo texto. Por eso las demandas civiles sólo podrán resolverse básicamente a través de juicios verbales u ordinarios, frente a los alrededor de 60 procedimientos especiales que existen en la actualidad. Las demandas inferiores a cinco millones de pesetas y aquellas que exigen celeridad se someterán al procedimiento verbal, más rápido.

Es el caso de los juicios de divorcio, en cuya vista deberán estar presentes los dos cónyuges y en la que se resolverá no sólo la separación legal de la pareja sino también las medidas provisionales -custodia de los hijos, uso de la vivienda familiar, etc- que hasta ahora formaban parte de un procedimiento separado. Para las causas más complejas o que implican cantidades superiores a los cinco millones de pesetas, se mantiene el procedimiento ordinario.

Otras disposiciones de la nueva ley inciden en los retrasos que la burocracia judicial provoca. Así, las dilaciones que se producen cuando no se localiza a las personas a las que hay que notificar una demanda, citación, requerimiento o cualquier otra circunstancia. A estos efectos se introducen formas innovadoras de notificación, como recurrir a los colegios profesionales cuando se trate de abogados o cualquier otro trabajador que tiene obligatoria la colegiación o designar como domicilio del afectado su lugar de trabajo para poder seguir con el proceso.

El proyecto del Gobierno será remitido al Congreso de los Diputados para que inicie su tramitación parlamentaria. La ministra de Justicia afirmó ayer que esperaba que la aprobación de la nueva ley fuera "fácil". Y pidió a los grupos parlamentarios que aportaran su trabajo para trabajar por la mejora de la justicia de una forma constructiva "de una vez por todas".

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