Editorial:

Avasallar la intimidad

LA APARICIÓN de dos macrosondeos destinados aparentemente a conocer los hábitos de consumo de los ciudadanos españoles ha disparado casi todas las alarmas establecidas para proteger la intimidad y el anonimato de las personas. El hecho de que los formularios -extensísimos- de ambos sondeos estén numerados permite de entrada identificar a sus destinatarios, a los que responden y a los que no. A esto se suma que una de ellas se dirija a direcciones particulares con datos que no figuran en ninguno de los registros públicos, sin que por ahora se sepa con certeza de dónde se han obtenido. Es...

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LA APARICIÓN de dos macrosondeos destinados aparentemente a conocer los hábitos de consumo de los ciudadanos españoles ha disparado casi todas las alarmas establecidas para proteger la intimidad y el anonimato de las personas. El hecho de que los formularios -extensísimos- de ambos sondeos estén numerados permite de entrada identificar a sus destinatarios, a los que responden y a los que no. A esto se suma que una de ellas se dirija a direcciones particulares con datos que no figuran en ninguno de los registros públicos, sin que por ahora se sepa con certeza de dónde se han obtenido. Está, por fin, el justificado temor de que bajo pretexto de una encuesta se esté construyendo de forma engaño sa una base comercial de datos. La Agencia de Protección de Datos (APD) ha abierto expediente a las empresas responsables de ambos sondeos. En el caso de VNU Claritas, por indicios de irregularidad en la solicitud de cesión de los datos personales, y en el de Consodata, para investigar el origen de la información empleada en el mailing. Esta empresa asegura haberla obtenido "de un banco de datos de Telefónica que es público", pero la información sobre los domicilios es mucho más precisa que la que aparece en las Páginas Amarillas.Los dos supuestos sondeos sobre el consumo son un buen ejemplo de todas las amenazas reales a la vida privada que anidan en la extensión de las bases informáticas de datos como instrumento de expansión comercial. El primero es, naturalmente, el de la vulneración del derecho al anonimato. Si se maneja una encuesta con formularios numerados, ese derecho queda automáticamente anulado, se utilice o no posteriormente para identificar a quien voluntariamente evita dar su nombre y dirección en las respuestas, puesto que la posibilidad de identificación ya no está en manos del encuestado. El segundo riesgo es la extrema confusión que se produce cuando el interrogado cree estar respondiendo a una encuesta y en realidad se le utiliza como parte de una operación para construir un banco de datos que será explotado comercialmente. Es de dudosa licitud, por mucho que se solicite a los encuestados la cesión de sus datos, que se emplee el señuelo de una gran consulta estadística para configurar en realidad una lista de clientes potenciales que otras grandes empresas están dispuestas a pagar generosamente.

La rápida intervención de la Agencia de Protección de Datos debe aclarar si las dos empresas. citadas rompieron la frágil barrera del derecho a una vida no controlada. Debería servir también para certificar si Telefónica mantiene "un banco de datos que es público" y, si fuera cierto, cuáles son las condiciones legales para utilizar esos datos.

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