Castilla-La Mancha liberaliza el horario de las farmacias

El gobierno de Castilla-La Mancha aprobó ayer un decreto por el que se liberaliza por completo el horario de apertura de las farmacias en toda la región. Se garantiza un horario mínimo de apertura de 38 horas semanales, pero no se ponen topes máximos.De esta manera, según informó ayer el Ejecutivo, se permite a los farmacéuticos abrir más horas de las hasta ahora permitidas, sin que sean consideradas servicio de urgencias. Hasta la aprobación de este decreto los horarios estaban regulados por los colegios farmacéuticos.

Al mismo tiempo, se garantiza la apertura de las oficinas de farmac...

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El gobierno de Castilla-La Mancha aprobó ayer un decreto por el que se liberaliza por completo el horario de apertura de las farmacias en toda la región. Se garantiza un horario mínimo de apertura de 38 horas semanales, pero no se ponen topes máximos.De esta manera, según informó ayer el Ejecutivo, se permite a los farmacéuticos abrir más horas de las hasta ahora permitidas, sin que sean consideradas servicio de urgencias. Hasta la aprobación de este decreto los horarios estaban regulados por los colegios farmacéuticos.

Al mismo tiempo, se garantiza la apertura de las oficinas de farmacia los sábados por la mañana y se establecen dos clases de servicios de urgencia, diurnos y nocturnos. Se facilita así la posibilidad de aumentar el número de farmacias de urgencia diurnas en relación a las nocturnas. Hasta ahora sólo había un único turno de urgencias atendido por el mismo número de farmacias tanto de día como de noche.

En relación a las poblaciones con menor número de habitantes, y con el objetivo de facilitar la apertura de nuevas farmacias, el decreto aprobado ayer por el gobierno regional autoriza rebajar hasta en un 20% el horario oficial marcado en 38 horas semanales. En estos núcleos pequeños también se posibilita atender el servicio de urgencia en presencia localizada.

Este decreto, que desarrolla la ley de farmacia aprobada recientemente por las Cortes regionales, y de la que el gobierno ha recurrido ante el Constitucional algunos artículos, entre ellos la prohibición de transmisión y herencia de las farmacias, concede también a la administración sanitaria la competencia de organizar además de los servicios, de urgencias los turnos de vacaciones que hasta ahora correspondían exclusivamente a los colegios farmacéuticos.

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