Un euro vale un ecu y se divide en 100 'cents'

La Comisión aprobará hoy también, en este caso sin graves problemas, dos reglamentos sobre el estatuto jurídico del euro. La nueva moneda sustituirá al ecu, a todos los efectos, como ancla del nuevo sistema. El euro se dividirá en cien fracciones, los cents. Los contratos denominados en monedas nacionales podrán cohabitar durante un tiempo con los expresados en euros. Esto es lo más relevante de los 23 artículos de que constan ambos textos, que los Quince Estados miembros deberán aprobar más adelante por unanimidad:Un euro vale un ecu. "La moneda de los Estados miembros participa...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La Comisión aprobará hoy también, en este caso sin graves problemas, dos reglamentos sobre el estatuto jurídico del euro. La nueva moneda sustituirá al ecu, a todos los efectos, como ancla del nuevo sistema. El euro se dividirá en cien fracciones, los cents. Los contratos denominados en monedas nacionales podrán cohabitar durante un tiempo con los expresados en euros. Esto es lo más relevante de los 23 artículos de que constan ambos textos, que los Quince Estados miembros deberán aprobar más adelante por unanimidad:Un euro vale un ecu. "La moneda de los Estados miembros participantes en la unión monetaria es el euro. La unidad monetaria es un euro". Desde el 1 de enero de 1999, toda mención del ecu "se sustituye por una referencia al euro, al tipo de un euro por un ecu".

Más información

100 'cents', un euro. Un euro se divide en cien subdivisiones, llamadas cents (y no centimes, como quería Francia). El uso de variantes de este nombre será tolerado, pero sin poner en cuestión que la apelación oficial es cent.

Los contratos continúan. La sustitución de las monedas nacionales por el euro no modifica el redactado de los documentos jurídicos preexistentes, ni tiene por efecto "liberar o dispensar de su ejecución". La continuidad de los contratos queda garantizada.

Redondeo. Los tipos de cambio de las monedas out -las que quedan fuera de la unión monetaria- se expresan en seis cifras. Dichas paridades no pueden redondearse en el momento de las conversiones. Toda conversión de una moneda nacional a otra debe pasar antes por el euro, "redondeado al menos a tres decimales". Tras la conversión de la moneda nacional a euros, las operaciones pueden redondearse, pero siempre se hará al cent superior o inferior. El redondeo en monedas nacionales se hará a la subdivisión o unidad más cercana.

Cohabitación temporal. En el periodo de transición (de 1 de enero de 1999 a 31 de diciembre del 2001) los contratos denominados en monedas nacionales podrán cohabitar con los plasmados en euros. Los activos públicos de un Estado -la deuda en circulación- denominados en moneda nacional podrán convertirse en euros.

Máximo de 50 monedas. "Nadie estará obligado a aceptar más de 50 monedas en un solo pago", salvo la autoridad emisora y quien ésta designe.

Extinción de las divisas. Los billetes y monedas nacionales dejarán de tener curso legal "lo más tarde seis meses después de expirar el periodo de transición" [30 de junio del 2002].

Archivado En