Reforma pendiente

El Código Penal vigente castiga con penas de entre 12 y 20 años de cárcel el auxilio al suicidio. Las. reformas al código contemplaban una disminución en la penalización de quien "causare o cooperare activamente con actos necesarios a la muerte de otro, por la petición expresa y seria de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que hubiera conducido necesariamente a su muerte o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar". La pena en este supuesto sería de entre 6 meses y 3 años de cárcel. Sin embargo, la disolución de las Cortes en abril impi...

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El Código Penal vigente castiga con penas de entre 12 y 20 años de cárcel el auxilio al suicidio. Las. reformas al código contemplaban una disminución en la penalización de quien "causare o cooperare activamente con actos necesarios a la muerte de otro, por la petición expresa y seria de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que hubiera conducido necesariamente a su muerte o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar". La pena en este supuesto sería de entre 6 meses y 3 años de cárcel. Sin embargo, la disolución de las Cortes en abril impidió la aprobación de la reforma. El nuevo ministro de Justicia, Juan Alberto Belloch, se ha pronunciado por llevarla adelante.

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