El proyecto de Ley General Tributaria refuerza las competencias de la inspección

El proyecto de Ley General Tributaría, que sustituirá a la vigente desde el año 1963, dará la máxima cobertura legal a las competencias de la inspección de Hacienda, hasta ahora permanentemente cuestionadas ante los tribunales. Además de elevar a categoría de ley la normativa dispersa en disposiciones de rango inferior, el proyecto de ley introduce una nueva sanción de 150.000 pesetas para los notarios y demás fedatarios públicos que no faciliten información a Hacienda. El texto mantiene, por otra parte, que la inspección de Hacienda puede entrar en el domicilio de una empresa sin mandato judi...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El proyecto de Ley General Tributaría, que sustituirá a la vigente desde el año 1963, dará la máxima cobertura legal a las competencias de la inspección de Hacienda, hasta ahora permanentemente cuestionadas ante los tribunales. Además de elevar a categoría de ley la normativa dispersa en disposiciones de rango inferior, el proyecto de ley introduce una nueva sanción de 150.000 pesetas para los notarios y demás fedatarios públicos que no faciliten información a Hacienda. El texto mantiene, por otra parte, que la inspección de Hacienda puede entrar en el domicilio de una empresa sin mandato judicial, a pesar de una reciente sentencia del Tribunal Supremo en sentido contrario.

El Ministerio de Hacienda convocó anteayer a cerca de un centenar de expertos fiscales y, catedráticos, como una primera toma de contacto para la elaboración de la nueva Ley General Tributaria. El objetivo es contar con el máximo número de apoyos a una norma que se considera como la espina dorsal de todo el sistema tributario. Hacienda quiere tener aprobada esta ley antes que la reforma del impuesto de sociedades y la del impuesto sobre el valor añadido, para lo que se ha marcado de plazo todo este año.La Ley General Tributaria, vigente desde el año 1963, ha sido una de las más bombardeadas ante los tribunales, ya que es anterior a la Constitución y en ella se regulan los derechos y deberes básicos de la Hacienda pública y de los contribuyentes. Desde entonces, multitud. de sentencias y desarrollos normativos de rango inferior han parcheado o inutalizado aspectos parciales de una ley que se ha quedado por todo ello anticuada.

De aquí que uno de sus objetivos fundamentales sea refundir los diferentes decretos y reglamentos aprobados hasta ahora y teniendo en cuenta las sentencias de los tribunales. De hecho, muchas de las actuaciones de Hacienda han sido echadas para atrás por sentencias judiciales al no contar con el respaldo de una ley. Por este motivo, la nueva ley general tributaria dará la máxima categoría a una serie de actuaciones que, por ejemplo, la inspección de Hacienda venía realizando sin una cobertura clara.

Es lo que ha ocurrido con las competencias de la inspección en lo que se refiere a sus capacidad para investigar operaciones financieras. El proyecto de ley establece, entre otras atribuciones, la capacidad para investigar Ias cuentas y operaciones activas y pasivas de bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y cuantas personas o entidades realicen actividades bancarias, crediticias o, en general, financieras, previa autorización del órgano competente".

Secreto bancario

Este aspecto se recogía ya en normas de rango inferior -el reglamento de la inspección, por ejemplo- y ha sido puesto en cuestión ante los tribunales por posible vulneración del secreto bancario.

Según los expertos consultados, el proyecto de ley no tiene en cuenta, sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Supremo en cuanto a la inviolavilidad del domicilio. El Supremo estableció que la sede de una sociedad es equiparable, a los efectos de este derecho constitucional, a lo previsto para el domicilio de un particular. El proyecto mantiene que basta la autorización del delegado de Hacienda para entrar en el domicilio de una empresa y no es necesario un mandato judicial, como sí preve para el caso del de un particular.

El proyecto de ley recoge lo previsto en la Ley del Mercado de Valores y en otras normas sobre las obligaciones de información a Hacienda por parte de los agentes de cambio y bolsa y los notarios; la novedad es que impondrá una multa de 150.000 pesetas a quienes no colaboren.

Archivado En