CONSUMO

Multas de hasta 500.000 pesetas para los cosméticos mal etiquetados

Las empresas de cosméticos que no respeten las nuevas normas de etiquetado pueden ser multadas con cantidades que van de 100.000 pesetas a 500.000, según ha informado la Confederación Estatal de Consumidores y Usuarios.

Según el Real Decreto de 15 de abril de 1988, sobre Reglamentación Técnico Sanitaria de productos cosméticos, que entró en vigor el pasado 20 de julio, en todos los cosméticos debe figurar la duración mínima del producto, con indicación del mes y año (excepto si es superior a 30 meses), así como la fórmula cualitativa y cuantitativa de las sustancias cuya presencia s...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Las empresas de cosméticos que no respeten las nuevas normas de etiquetado pueden ser multadas con cantidades que van de 100.000 pesetas a 500.000, según ha informado la Confederación Estatal de Consumidores y Usuarios.

Según el Real Decreto de 15 de abril de 1988, sobre Reglamentación Técnico Sanitaria de productos cosméticos, que entró en vigor el pasado 20 de julio, en todos los cosméticos debe figurar la duración mínima del producto, con indicación del mes y año (excepto si es superior a 30 meses), así como la fórmula cualitativa y cuantitativa de las sustancias cuya presencia se anuncie en la denominación del producto o en su publicidad. Debe especificarse también las condiciones particulares de empleo del producto, el número de lote de fabricación y los datos del fabricante.

Archivado En