TRIBUNALES

Cuatro años de condena para un sadomasoquista de ideología nazi

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a cuatro años de prisión a un sadomasoquista, con antecedentes por hechos delictivos de la misma naturaleza, que golpeó reiteradarnente a una joven, para obtener placer. Los hechos ocurrieron en Alcázar de San Juan el 27 de noviembre de 1987 y tuvieron como protagonistas a Julio Rivas Garcías, casado, de 33 años, y a Gracia Barrachina.Según la sentencia, Rivas conoció a Gracia en una discoteca de un pueblo cercano a Alcázar y la invitó a ir a casa de sus padres, donde no había nadie. Una vez allí, el procesado golpeó en la cabeza a la chica y...

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La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a cuatro años de prisión a un sadomasoquista, con antecedentes por hechos delictivos de la misma naturaleza, que golpeó reiteradarnente a una joven, para obtener placer. Los hechos ocurrieron en Alcázar de San Juan el 27 de noviembre de 1987 y tuvieron como protagonistas a Julio Rivas Garcías, casado, de 33 años, y a Gracia Barrachina.Según la sentencia, Rivas conoció a Gracia en una discoteca de un pueblo cercano a Alcázar y la invitó a ir a casa de sus padres, donde no había nadie. Una vez allí, el procesado golpeó en la cabeza a la chica y ambos cayeron rodando por una escalera tras- un forcejeo. Este hecho encolerizó aún más al sadomasoquista, que cogió del pelo a su víctima y, tras llevarla arrastrando a la cocina, la obligó a desnudarse. Cuando intentaba atarle las manos con una cuerda que previamente había cortado, Gracia cogió la navaja empleada para ese menester y logró huir amenazándole con ella.

En el curso de la vista oral el psiquiatra Miguel Ángel León calificó a Rivas como un hombre de ideología nazi, "con una fuerte represión sexual debida a la influencia de un padre autoritario".

El psiquiatra indicó que el procesado sólo acude al médico cuando tiene problemas con la justicia y que ha llegado a simular, en beneficio propio, varios intentos de suicidio.

Rivas deberá abonar a su víctima, en concepto de indemnización por daños físicos y morales, 100.000 pesetas.

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