Procesados dos empresarios de Sabadell por presunto delito fiscal y apropiación indebida

Jordi Agustí Julià, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Sabadell, ha procesado a Juan Casajuana Bataller y Ángel Salvador Arellano, empresarios de la firma Fusal, SA, por un supuesto delito fiscal que asciende a 31.587.092 pesetas. El auto de procesamiento, dictado el pasado 30 de mayo, también imputa a los acusados, que se encuentran en libertad provisional, un delito de apropiación indebida.

El juez ordenó que depositaran de forma conjunta 221 millones de pesetas como Fianza para cubrir las responsabilidades pecuniarias. Cada día 1 y 15 de cada mes, los procesados tendrán q...

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Jordi Agustí Julià, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Sabadell, ha procesado a Juan Casajuana Bataller y Ángel Salvador Arellano, empresarios de la firma Fusal, SA, por un supuesto delito fiscal que asciende a 31.587.092 pesetas. El auto de procesamiento, dictado el pasado 30 de mayo, también imputa a los acusados, que se encuentran en libertad provisional, un delito de apropiación indebida.

El juez ordenó que depositaran de forma conjunta 221 millones de pesetas como Fianza para cubrir las responsabilidades pecuniarias. Cada día 1 y 15 de cada mes, los procesados tendrán que presentarse en el mencionado juzgado.Fusal, SA es una empresa dedicada a fundición y tratamiento de piezas de aluminio, afincada en Cerdanyola del Vallés, cerca de Sabadell. Según la acusación mantenida en el auto de procesamiento, Casajuana y Arellano, gerente y administrador de la firma, respectivamente, cometieron un supuesto fraude en los años 1985 y 1986 al no liquidar a Hacienda las cuotas correspondientes a las retenciones del impuesto sobre la renta hechas a los trabajadores y por el impuesto general de tráfico de empresas (IGTE).

De acuerdo con el auto de piocesamiento, los acusados dejaron de ingresar al fisco 9.374.654 pesetas en 1985 por el concepto del IGTE, y 9.834.020 por las retenciones de la renta de lo 3 trabajadores. La cantidad supuestamente defraudada en 1986 ascendió a 12.278.418 pesetas. En la revisión efectuada por la Tesorería General de la Seguridad Social para investigar si la empresa se encontraba al corriente del pago de la cuota obrera, se comprobó que la firma no había cometido ninguna irregulariciad en este punto.

De acuerdo con lo que establece el artículo 349 del Código Penal, los empresarios podrían ser condenados a penas comprendidas entre seis meses y seis años de prisión.

Aunque los procesados han debido depositar fianza, en níngún momento llegaron a ingresar en prisión. Fusal cuenta con un capital de 35 millones de pesetas, v fue fundada en marzo de 1973.

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