El fiscal eleva la petición, de penas para los aceiteros procesados por la colza

Eduardo Fungairiño, fiscal encargado del caso de la colza, pedirá penas más elevadas para los aceiteros procesados por el desvío de aceite industrial para uso humano que causó un envenenamiento masivo en la primavera de 1981. La petición del fiscal se eleva para los acusados en unos cientos de años, según las conclusiones definitivas, qué Fungairiño leerá el próximo lunes en el juicio.

El aumento es intrascendente desde el punto de vista práctico, pues el fiscal, en sus conclusiones provisionales, ya solicitaba penas superiores a los 10.000 años de cárcel, que exceden en mucho el. límit...

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Eduardo Fungairiño, fiscal encargado del caso de la colza, pedirá penas más elevadas para los aceiteros procesados por el desvío de aceite industrial para uso humano que causó un envenenamiento masivo en la primavera de 1981. La petición del fiscal se eleva para los acusados en unos cientos de años, según las conclusiones definitivas, qué Fungairiño leerá el próximo lunes en el juicio.

El aumento es intrascendente desde el punto de vista práctico, pues el fiscal, en sus conclusiones provisionales, ya solicitaba penas superiores a los 10.000 años de cárcel, que exceden en mucho el. límite máximo de 30 años de prisión previsto en la legislación española.El aumento de las penas no se debe a una diferente calificación de los hechos, que sigue siendo un delito contra la salud pública con resultado de muertes y lesiones, sino porque durante este año se han producido nuevos fallecimientos.

Según declaró ayer Eduardo Fungairiño a este periódico, "existen en la causa 724 carpetas de fallecidos, aunque sólo en 605 casos se ha establecido que la muerte del paciente fue consecuencia del síndrome tóxico o que el envenenamiento fue la causa coadyuvante o determinante de la muerte. Cuando se redactó la anterior calificación, el 8 de abril de 1986, la cifra de muertos por el síndrome era de 584. La petición de penas, por tanto", agregó Fungairiño, "se agrava al compás de los muertos".

Entre las modificaciones de tipo técnico cabe citar la referente a Enric Salomó y Ramón Alabart, para los que se pedían penas por tres delitos contra la salud pública; el fiscal lo ha reducido a un solo delito, per o con un mayor número de víctimas.

Acuerdo previo

"Lo más destacable", según Fungairiño, "es que en las conclusiones definitivas se destaca el acuerdo previo de los principales procesados para importar el aceite industrial de Francia y desviarlo en España al consumo humano. Anteriormente yo mencionaba que el desvío del aceite había sido una cuestión de oportunidad, puesto que los hermanos Bengoechea habían tenido un fuerte stock de aceite al que decidieron darle salida. Después del juicio ha quedado claro que en 1981 las importaciones de aceite fueron más del doble del año anterior, lo que indica que no se trataba de un stock, y se refuerza la idea de un concierto de voluntades entre los principales acusados para importar el aceite y enriquecerse mediante su distribución para el consumo alimenticio".

El fiscal ha agregado también una descripción completa de la enfermedad, tal y como la realizó en el juicio Manuel Serrano Ríos, jefe de medicina interna del hospital Ramón y Cajal de Madrid.

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