El Tribunal Supremo niega a las minorías derecho a participar en el gobierno de las cajas de ahorro

Una sentencia emitida el martes por el Tribunal Supremo y que todavía no ha sido comunicadas a las partes niega el derecho de las minorías políticas municipales a estar presentes en los órganos de gobierno de las cajas de ahorro, representativas del 40% del sistema financiero. Al aceptar la apelación de la alcaldía de Madrid contra un fallo de la Audiencia Territorial que obligó a incluir a miembros de la oposición en los órganos de Cajamadrid, dentro de una lista Inicialmente copada por socialistas, el Supremo que basta efectuar los nombramientos por votación mayoritaria.

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Una sentencia emitida el martes por el Tribunal Supremo y que todavía no ha sido comunicadas a las partes niega el derecho de las minorías políticas municipales a estar presentes en los órganos de gobierno de las cajas de ahorro, representativas del 40% del sistema financiero. Al aceptar la apelación de la alcaldía de Madrid contra un fallo de la Audiencia Territorial que obligó a incluir a miembros de la oposición en los órganos de Cajamadrid, dentro de una lista Inicialmente copada por socialistas, el Supremo que basta efectuar los nombramientos por votación mayoritaria.

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La sentencia es firme y contradice las resoluciones de otras tres audiencias territoriales, por lo que afectará nuevamente al proceso de renovación de asambleas y consejos de las cajas.La Sala Quinta del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Adolfo Carretero Pérez, ha aceptado la apelación de la alcaldía de Madrid contra el fallo de la Audiencia Territorial que el pasado verano reconoció el derecho constitucional de las minorías políticas municipales a nombrar representantes en los órganos de gobierno de las cajas de ahorro. Por ser firme, sólo cabe frente a este fallo el recurso de amparo ante el Tribunal Supremo.

Demandas autonómicas

Los intérpretes de la Constitución debaten desde el pasado noviembre en pleno los recursos presentados contra las discajas de ahorro: dos del presidente del Gobierno contra las leyes elaboradas por el Parlamento catalán y el gallego, y un tercero promovido por la Generalitat de Cataluña contra la ley estatal que abrió el proceso de renovación de órganos rectores, dando un 40% de las asambleas y consejos a los ayuntamientos.

Un pleito similar al de Madrid, donde la alcaldía ya aceptó en noviembre pasado la presencia de minorías políticas en la asamblea y el consejo de Cajamadrid, está planteado respecto a otras cajas grandes y medianas. Pero en concreto las audiencias territoriales de Zaragoza, Cáceres y Albacete se han pronunciado también a favor de dar presencia a las minorías políticas.

La extensión de esta corriente había impulsado en los últimos meses un proceso de renovación de las cajas hasta entonces lento y que ahora puede complicarse, según medios de este sector financiero, con independencia de lo que resuelva -probablemente a principios de marzo- el Tribunal Constitucional.

Unas 45 entidades de las 77 cajas de ahorro han elegido ya asambleas y consejos, si bien la sentencia a llevar a que se planteen de nuevo la composición algunas de ellas.

El fallo de la Sala Quinta del Supremo señala entre los fundamentos de derecho en que se apoya que debe distinguirse entre la composición interna de los ayuntamientos y la designación de sus representantes en otras entidades.

Votación mayoritaria

Para el primer aspecto invoca una sentencia de 1985 del Tribunal Constitucional y reafirma el derecho que las minorías tienen de participar en los órganos internos del municipio.

Pero añade que "cuando el ayuntamiento como entidad debe ser representado, como en el caso actual, su voluntad se forma por el procedimiento regulado por la legislación de régimen local, donde se toman las decisiones por votación mayoritaria".

En cambio, la Audiencia de Madrid, cuyas consideraciones influyeron en los fallos de otras audiencias, señaló, a raíz de un recurso planteado por los concejales del PCE, que "la democratización de los órganos de gobierno de las cajas de ahorro, bajo la hermenéutica constitucional, no puede entenderse si no es bajo el signo de la participación pluralista no discriminatoria respecto de las minorías. He aquí, a juicio de la sala, el alcance de los principios y valores en el Estado social de derecho".

Fuentes próximas a la alcaldía de Madrid y a los grupos de oposición, tras señalar que la sentencia no ha sido comunicada a las partes, descartaron ayer que vaya a suponer un vuelco en la composición de la asamblea y el consejo de Cajamadrid, aunque reconocen que el fallo proporciona los instrumentos jurídicos suficientes para ello.

Precisaron que olvidar el acuerdo alcanzado entre los grupos municipales después de que el PSOE perdiera la mayoría absoluta a raíz de las,elecciones del pasado 10 de junio daría pie, por ejemplo, a que el Grupo Popular y el CDS sumaran sus votos para obtener la mayoría que alcanzarían en la actual corporación y así repartirse exclusivamente entre ellos los 28 puestos que corresponden al Ayuntamiento en la asamblea de la Caja de Ahorros de Madrid.

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