Discrepancias sobre el procedimiento de embargo de cuentas corrientes

El Ministerio de Hacienda y el sector financiero, representado en el Consejo Superior Bancario, no han llegado a un acuerdo definitivo sobre algunos aspectos del procedimiento de embargo de cuentas corrientes en la recaudación por vía ejecutiva. Hacienda pretende que el embargo del saldo en cuenta corriente se haga extensivo a aquellas sobre las que no tiene noticia, y en su caso, que las entidades financieras proporcionen información sobre si una cuenta ha sido cancelada y cuándo. Los bancos argumentan problemas jurídicos para colaborar en este aspecto.

Además, Hacienda enviará mensual...

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El Ministerio de Hacienda y el sector financiero, representado en el Consejo Superior Bancario, no han llegado a un acuerdo definitivo sobre algunos aspectos del procedimiento de embargo de cuentas corrientes en la recaudación por vía ejecutiva. Hacienda pretende que el embargo del saldo en cuenta corriente se haga extensivo a aquellas sobre las que no tiene noticia, y en su caso, que las entidades financieras proporcionen información sobre si una cuenta ha sido cancelada y cuándo. Los bancos argumentan problemas jurídicos para colaborar en este aspecto.

Además, Hacienda enviará mensualmente a los bancos una lista con morosos no localizados para que informen si tienen alguna cuenta corriente abierta en alguna sucursal. El nuevo procedimiento ha entrado en vigor a partir del 1 de enero, a raíz de la aprobación de los Presupuestos del Estado, pero no podrá empezar a pleno funcionamiento hasta transcurrido el primer trimestre del año, por los problemas surgidos con la banca, según Hacienda.Se da la circunstancia de que los bancos están obligados a suministrar anualmente a la Inspección de Hacienda información informatizada sobre las cuentas corrientes. La Dirección General de Recaudación cruza estos datos con sus listados de deudores, pero se encuentra con el problema de que los datos suministrados por la banca contienen numerosos errores de identificación. Con el nuevo procedimiento se pretende evitar "que los bancos se agarren a estos errores para dificultar el embargo de cuentas", añaden las mismas fuentes.

El pasado 6 de enero se celebró una reunión del Consejo Superior Bancario con la directora general de Recaudación, Mar¡ Sol Hernández. Allí hubo un acuerdo sobre el procedimiento general, pero a la hora de descender al detalle surgieron las diferencias. Hacienda pretendía introducir una coletilla en el texto del acuerdo, de forma que el embargo se pueda hacer extensivo a otras cuentas corrientes sobre las que no se tenga noticia a través de la información suministrada por el propio banco.

Asunto legal

Las entidades financieras argumentaron problemas de orden legal para cumplir este acuerdo, por lo que acordaron con Hacienda que ambos en cargaran estudios a sus servicios jurídicos para intentar llegar a un acuerdo. Para esta semana está previsto que se celebre una nueva reunión. En su aspecto general, el procedimiento que seguirá Hacienda para el embargo de cuentas consistirá en que se enviará a las entidades financieras una notificación con los datos del contribuyente. En ella se informará de que se ha iniciado el proceso de embargo, se especificará la deuda tributaria pendiente de cobro y se le comunicará al banco que debe congelar la cuenta corriente. Un par de días después se informará al contribuyente de la situación.

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