El Consejo Supremo de Justicia Militar no reintegrará en el empleo a los condenados por el 23-F

El Consejo Supremo de Justicia Militar dictó el pasado miércoles auto de rectificación de las sentencias correspondientes a la causa 2/8l, por el intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, en el que desestima las peticiones de los defensores de los procesados en cuanto a la absolución y la recuperación del empleo. El auto, según una información del diario Abc, establece reducciones -mínimas de las penas sólo en los casos de Alfonso Armada y Jaime Milans del Boch. El auto de rectificación afecta tanto a los condenados que permanecen en prisión -Antonio Tejero Molina, Jaime Milans del...

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El Consejo Supremo de Justicia Militar dictó el pasado miércoles auto de rectificación de las sentencias correspondientes a la causa 2/8l, por el intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, en el que desestima las peticiones de los defensores de los procesados en cuanto a la absolución y la recuperación del empleo. El auto, según una información del diario Abc, establece reducciones -mínimas de las penas sólo en los casos de Alfonso Armada y Jaime Milans del Boch. El auto de rectificación afecta tanto a los condenados que permanecen en prisión -Antonio Tejero Molina, Jaime Milans del Boch, Alfonso Armada Comín y Luis Torres Rojas-, como a los que quedaron en libertad condicional. En los casos de Armada y Milans fija una reducción de las penas cifrada en 26 años, ocho meses y un día.El consejo aplicó para la rectificación de las sentencias la ley 14/15185, que reformó determinados artículos del Código Penal común.

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