El Gobierno asturiano aprueba las normas de los órganos rectores de las cajas

El Gobierno asturiano aprobó el pasado viernes un decreto que desarrolla para el ámbito de la comunidad autónoma la Ley 31/1985, de 2 de agosto, que regula las normas básicas de los órganos rectores de las cajas de ahorro. La Caja de Ahorros de Asturias ha convocado para el próximo sábado su asamblea general para la aprobación de los nuevos estatutos y reglamento de la entidad, de acuerdo con la ley básica citada y el decreto aprobado por el Gobierno regional.Este decreto es aplicable a la Caja de Ahorros de Asturias y a cualquier otra domiciliada en la región. Su elaboración se inició en sept...

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El Gobierno asturiano aprobó el pasado viernes un decreto que desarrolla para el ámbito de la comunidad autónoma la Ley 31/1985, de 2 de agosto, que regula las normas básicas de los órganos rectores de las cajas de ahorro. La Caja de Ahorros de Asturias ha convocado para el próximo sábado su asamblea general para la aprobación de los nuevos estatutos y reglamento de la entidad, de acuerdo con la ley básica citada y el decreto aprobado por el Gobierno regional.Este decreto es aplicable a la Caja de Ahorros de Asturias y a cualquier otra domiciliada en la región. Su elaboración se inició en septiembre y en su redacción definitiva se han introducido pequeñas modificaciones sugeridas por el Consejo de Estado, a cuyo dictamen se sometió el proyecto.

Consta de 33 artículos, en los que se definen como órganos de gobierno de las cajas la asamblea general (formada por un mínimo de 60 miembros y máximo de 160), el consejo de administración (entre 13 y 17) y la comisión de control (entre cuatro y ocho).

Los principales criterios que deberá inspirar la redacción de los reglamentos y estatutos de la caja serán, según el artículo 4 del decreto, la profesionalidad, la democratización del órgano de gobierno, la territorialidad y la transparencia de los diferentes procesos de elección.

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